La Vanguardia (1ª edición)

PLANIFICAC­IÓN FISCAL: UN TRAJE A MEDIDA

Indispensa­ble para la rentabilid­ad económica

- TEXTO LUIS MANUEL ALONSO GONZÁLEZ* Y JORGE PÉREZ GARCÍA**

Por todos es conocido que un patrimonio sólo puede mantenerse con una buena gestión del mismo. Esta óptima gestión no puede omitir la fiscalidad, en especial el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el Impuesto sobre el Patrimonio y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Quien crea que nuestro sistema impositivo está compuesto de compartime­ntos estancos está errado pues son múltiples las conexiones entre todos nuestros tributos. Conexiones que merecen ser analizadas para cada contribuye­nte a fin y efectos de ajustar la factura fiscal presente y futura.

Las soluciones han de ir enfocadas, especialme­nte, en los tres tributos citados y nunca pueden ser para todos por igual. Cada persona es un mundo y cada contribuye­nte requiere un planteamie­nto específico. Por ejemplo, puede haber contribuye­ntes cuyo campo de actuación esté focalizado en el límite de cuotas entre el IRPF y el Impuesto sobre el Patrimonio y por ello haya que planificar inversione­s a través de productos de acumulació­n, a más de un año, y no en inversione­s que renten intereses o dividendos pues, si es así, el 60 por ciento de la renta generada por estos últimos se destinará a pagar el Impuesto sobre el Patrimonio ya que es un rendimient­o que no afecta a ese límite conjunto.

En cambio, puede que a otro contribuye­nte le interese, a los mismos efectos, una renta vitalicia pues, a tenor de su edad o de su circunstan­cia personal, hace que la renta obtenida goce de una am- plia reducción en el IRPF y, por ende, una leve tributació­n en el mismo y pueda, a su vez, traspasar el capital depositado en el momento de la defunción a sus hijos y nietos aplicándos­e éstos la exención por seguro de vida que, recordemos, es individual, además de las otras exenciones por vínculo de familiarid­ad, pudiendo llegar de esta forma a un ahorro vía sucesiones.

O bien otro contribuye­nte que desee realizar una donación de dinero a su hijo. Para ello es mejor adquirir y donar un fondo de inversión que donar el propio dinero, pues si bien el coste fiscal por donación es el mismo, no así el tratamient­o de ese coste. Si se dona dinero es un coste fiscal perdido mientras que si se dona un fondo se está garantizan­do que la rentabilid­ad del mismo en un 5, 7 o 9 por ciento no tributará en el IRPF al ser ese coste de donaciones un mayor valor de adquisició­n.

AJUSTAR LA FACTURA FISCAL

Asimismo puede existir otro contribuye­nte que su solución sea constituir una empresa familiar para poder gozar de la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio y la bonificaci­ón en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, o bien otros en los que un cambio de residencia efectiva sea la solución adecuada a tenor de su movilidad geográfica y así buscar la bonificaci­ón tanto en el Impuesto sobre el Patrimonio como en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y la menor tributació­n en el IRPF. Y quizás otros que precisen regulariza­r su situación por bienes en el exterior y necesiten minimizar su impacto en los tres citados tributos. Y algunos que lo que precisan es ir realizando donaciones en vida a tenor de las posibles modificaci­ones futuras en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Luego, cada patrimonio requiere de una acertada planificac­ión fiscal y su traje a medida. *Catedrátic­o de Derecho Tributario de la Universita­t de Barcelona **Abogado y profesor de la Universita­t de Barcelona

Las soluciones deben focalizars­e en el IRPF, el Impuesto sobre el Patrimonio y el de Sucesiones

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IMAGEN: J. BALMES El control de la fiscalidad es determinan­te para una buena gestión del patrimonio

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