Nuevos criterios sociales impulsados por el consistorio
DERECHOS LABORALES
Mantenimiento de las condiciones del convenio Condición de ejecución obligatoria: que la empresa contratista mantenga los salarios y las condiciones laborales sectoriales
Estabilidad de la plantilla Criterio de adjudicación: valoración de la política laboral de la empresa con relación a la contratación indefinida de la plantilla
Salarios justos Criterio de adjudicación: que la empresa ofrezca una retribución salarial superior a la establecida por convenio
Subrogación de la plantilla laboral Condición de ejecución obligatoria: en determinados contratos se garantizará la permanencia de las personas que ya ejecutaban la prestación
Valoración del precio Criterio de adjudicación: el precio no siempre debe ser el factor determinante de la adjudicación
NUEVA GOBERNANZA
Participación social en la contratación pública En el proceso de valoración de ofertas se puede pedir la colaboración de organizaciones sociales representativas
DERECHOS SOCIALES
Igualdad de género Condición de ejecución obligatoria: el empresario debe presentar las medidas o el Plan de igualdad de género
Conciliación corresponsable del tiempo Condición de ejecución obligatoria: hay que velar por la conciliación del tiempo laboral, familiar y personal
Accesibilidad universal Condición de ejecución obligatoria: se debe verificar que la empresa dispone de las medidas correspondientes
Personas trabajadoras con discapacidad Condición de ejecución obligatoria: se debe verificar que las empresas obligadas cumplen con el requisito de que al menos el 2% de la plantilla son personas con discapacidad
NUEVO MODELO DE ECONOMÍA
Impulso economía cooperativa, social y solidaria Condición de ejecución obligatoria: en función de la tipología del contrato, se debe subcontratar una parte del contrato a una empresa de este sector
Compra pública ética Condición de ejecución obligatoria: cumplimiento de las normas sociolaborales en la producción y distribución comercial
Protección de la pequeña y mediana empresa Condición de ejecución obligatoria: pago directo al subcontratista por parte del Ayuntamiento, en caso de morosidad del contratista principal