Las pinturas murales de Sijena
EL contencioso entre Catalunya y Aragón por el destino de las pinturas murales románicas del monasterio de Sijena, que datan del siglo XIII y que se encuentran en una sala del Museu Nacional d’Art de Catalunya (MNAC), vive un nuevo episodio. La decisión del juzgado de primera instancia número dos de Huesca de ordenar la ejecución provisional de la sentencia del pasado mes de julio, que obliga a devolver dichas pinturas al citado monasterio, ha merecido por el momento un rotundo rechazo por parte de la Generalitat. El auto judicial, contra el que no cabe recurso –aunque las partes disponen de un plazo de cinco de días desde su comunicación para oponerse a él–, puede derivar, según el Govern, en una situación de riesgo para la integridad de las obras de arte objeto de litigio.
El plazo de veinte días dado por el juzgado al MNAC para que informe sobre el procedimiento previsto para desmontar las pinturas expuestas parece de entrada insuficiente, dada la complejidad de la cuestión. Tampoco parece por el momento acreditado que la sala capitular del monasterio de Sijena, donde se pintaron originalmente los murales, reúna las condiciones estructurales y climáticas adecuadas para la conservación de las obras, pese a los trabajos de adecuación realizados en los últimos tiempos. El plazo de diez días dado por el juzgado a la Diputación General de Aragón (DGA) para la determinación de estas condiciones parece igualmente escaso. A partir de ahora, habrá que valorar en toda su amplitud los informes elaborados por expertos de diferentes ámbitos en los que se desaconseja el traslado de murales de estas características.
El Gobierno aragonés ha ejercido su legítimo derecho de litigar a favor del traslado de los murales. Su postura, en cualquier caso, debe analizarse en el contexto de un largo contencioso sobre el arte sacro en el que han sobrado los pronunciamientos viscerales y se ha echado en falta la voluntad de entendimiento. También por parte de Catalunya. Pero el caso que nos ocupa, el de los murales, es menos discutible que el del resto de las piezas objeto de litigio, algunas de las cuales ni siquiera están expuestas al público. Porque el traslado de las pinturas comporta un riesgo de deterioro que no se da en el caso de las tallas o las arquetas.
Hay que tener también en cuenta que fue el MNAC el que se encargó de rescatar, conservar, restaurar y poner en valor las citadas pinturas murales, que fueron dañadas en el incendio del monasterio durante la Guerra Civil. Como acertadamente se ha afirmado desde las instituciones catalanas, sería una perversión situar el debate en términos de si se puede o no se puede llevar a cabo el traslado de las obras que llegaron en un pésimo estado al museo. En su opinión, el debate debe centrarse en si es o no aconsejable hacerlo.
En los estudios que desaconsejan retirar y transportar las piezas han participado varias universidades y hay una coincidencia generalizada sobre los riesgos de la operación. En la Conselleria de Cultura se espera que otras instituciones culturales del mundo se posicionen en el mismo sentido.
Lo ideal, por supuesto, sería reconducir por la vía política el litigio y explorar las posibilidades de un acuerdo entre la Generalitat y la DGA. Pero, mientras esto no se produce, el Govern hará bien en agotar todas las vías legales para mantener las pinturas en Catalunya y garantizar así su perfecta conservación.