La crisis desvirtúa la plusvalía municipal
El Constitucional tiene que pronunciarse sobre el impuesto porque ahora se tiene que pagar aunque el valor real del terreno haya caído
Vender un piso, un parking, un trastero o un suelo urbano no sale gratis. Tampoco recibir estos bienes a través de una donación o una herencia. Entre otros impuestos, la mayoría de municipios exigen pagar el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, que popularmente se conoce como la plusvalía municipal. Este impuesto grava el aumento del valor del suelo con el paso del tiempo, con un máximo de 20 años. Se calcula a partir del valor catastral del terreno en el momento de la transmisión. Sobre esta cantidad, se aplica un coeficiente en función de los años transcurridos desde la adquisición anterior y, de la cifra que resulta, el Ayuntamiento decide qué porcentaje recaudar, con un límite del 30%. Tanto en Barcelona, como en Madrid es del 30%.
Esta fórmula nunca se había cuestionado, pero a raíz de los efectos de la crisis, está siendo un quebradero de cabeza para ayuntamientos y tribunales. Resulta
Barcelona recaudó por la plusvalía municipal 170 millones en el 2015 y 146 millones en el 2014
que aunque el valor real del terreno haya disminuido respecto al momento que se adquirió el terreno, la fórmula legal siempre da una cantidad que pagar. La doctora Ana Belén Macho, profesora agregada de derecho financiero y tributario a la Universitat Pompeu Fabra, explica que la ley establece una regla objetiva de valoración de estas plusvalías, por referencia al valor catastral, sin tener en cuenta las fluctuaciones del mercado. “Con la burbuja inmobiliaria, el valor de mercado de los terrenos se disparó, hasta superar con creces la valoración resultante de los coeficientes legales. Entonces nadie hizo notar el problema y los ayuntamientos tampoco podían exigir un impuesto superior al establecido. Pero ahora que los valores han caído, los contribuyentes empiezan a reclamar la devolución del impuesto”.
Macho explica que actualmente existe una divergencia de criterios jurisprudenciales. Muchas sentencias han considerado que el contribuyente sólo tiene que pagar cuando se haya producido un incremento de valor real, porque sólo esta interpretación sería compatible con el principio de capacidad económica. En cambio, hay otros que consideran que este impuesto no grava el incremento de valor real o de mercado, sino el aumento de valor del suelo derivado de las mejoras urbanísticas. De hecho, la ley suprimió la referencia al incremento de valor “real”.
Ante el dilema, hay tres juzgados, dos del País Vasco y uno de Madrid, que han planteado cuestiones de inconstitucionalidad al TC a fin de que se pronuncie sobre el impuesto. Macho cree que haría falta una mejora en la formulación del hecho imponible de la plusvalía, que “fuera coherente con su fundamento constitucional y que lo diferenciara limpiamente de otros impuestos”. Pero al mismo tiempo considera que si “si el TC declara la inconstitucionalidad de la plusvalía, los ayuntamientos se verán obligados a devolver grandes cantidades a los contribuyentes. “Eso supondrá un grave problema para las arcas municipales y más teniendo en cuenta la situación de insuficiencia financiera que sufren”. Según los datos de los ministerios de Fomento y de Hacienda, el municipio de Barcelona recaudó gracias a este impuesto 170 millones de euros en el 2015 y 146 millones en el 2014.
Actualmente, si los contribuyentes pagan la plusvalía pueden reclamar la devolución sin saber a ciencia cierta si se los devolverá. Es una situación de inseguridad jurídica que se mantendrá hasta que el TC no se pronuncie.