La Vanguardia (1ª edición)

El Parlament dijo no al referéndum

La Fiscalía pide en la causa a Forcadell las actas de la Mesa en las que se rechazó discutir una consulta popular sobre la independen­cia

- SANTIAGO TARÍN TONI MUÑOZ Barcelona

La Fiscalía de Catalunya quiere que el Parlament remita a la juez del TSJC que investiga a Carme Forcadell actas de situacione­s precedente­s en las que la Mesa de la Cámara impidió debates o iniciativa­s sobre referéndum­s de independen­cia.

Con esta serie de recordator­ios el Ministerio Público quiere desbaratar la estrategia de defensa de Forcadell que declaró en el TSJC que “no tenía potestad para paralizar un debate” como el de las conclusion­es de la comisión del proceso constituye­nte, hecho por el que se la investiga por desobedien­cia y prevaricac­ión.

La Fiscalía pide que se remitan situacione­s de legislatur­as anteriores, con una distinta composició­n del Parlament, en las que la Mesa rechazó admitir iniciativa­s sobre la independen­cia. Concretame­nte reclama las actas de los años 2009 y 2010 por las cuales se oponía a tramitar una iniciativa legislativ­a popular (ILP) que solicitaba la convocator­ia de un referéndum de autodeterm­inación. En estas ocasiones, según las actas a las que ha tenido acceso La Vanguardia, se desestimó por carecer de marco legal que lo permitiera. Asimismo, el Consell de Garantíes Estatutari­es emitió un dictamen según el cual la pregunta estaba fuera de las competenci­as autonómica­s.

En el año 2009, la Mesa del Parlament de Catalunya abordó en dos ocasiones una iniciativa legislativ­a popular en la que se solicitaba la convocator­ia de un referéndum de autodeterm­inación. Los promotores pedían a la Cámara que adoptara las medidas oportunas para llevar a cabo esta consulta.

En este momento, el presidente del Parlament era Ernest Benach (ERC) , y componían la Mesa Higini Clotas, (PSC) Lluís M. Corominas (CiU) , Lídia Santos (PSC) , Antoni Castellà (CiU) , Jordi Miralles (EUiA) y Rafael Luna (PP). La primera reunión de este órgano para tratar el asunto se celebró el 16 de junio de 2009, tras previa consulta a los Serveis Jurídics. Por unanimidad, la Mesa rechazó llevarla al pleno.

La Mesa razonó que el Estatut otorga competenci­as sobre consultas populares, pero en el caso de este referéndum la competenci­a es compartida, porque es el Estado quien tiene la prerrogati­va. Así, la competenci­a de la Generalita­t “no es exclusiva, ya que el Estado conserva una capacidad determinan­te, como es la autorizaci­ón. (...) El marco competenci­al vigente no permite, por tanto, la convocator­ia de un referéndum, ni tan sólo con carácter consultivo, sin la concesión de esta autorizaci­ón”.

Un criterio sostenido también, incide el acta, en la sentencia del Tribunal Constituci­onal de septiembre del 2008 sobre este asunto, en la que además se señala, siempre según la redacción del acuerdo, que una convocator­ia de este tipo necesita “la revisión previa o la reforma de la Constituci­ón, que no se puede promover mediante la iniciativa legislativ­a popular”.

La mesa consideró que “es necesario contar con una legislació­n apropiada, y Catalunya no dispone, ya que la ley orgánica reguladora de las diversas modalidade­s de referéndum no es plenamente ni adecuadame­nte aplicable”, por lo que se rechazó tramitar la ILP.

Ahora bien, el asunto volvió a la Mesa de nuevo el 22 de diciembre del 2009, porque se presentó de nuevo una ILP similar con alguna modificaci­ón formal, que fue de nuevo rechazada “porque no cumple los requisitos materiales establecid­os”. En junio del 2010, la con- vocatoria de un referéndum regresó a la Mesa debido a otra ILP asimismo rechazada. En esta ocasión, el Parlament solicitó un dictamen al Consell de Garantíes Estatutari­es. Este órgano, por unanimidad, declaró que la propuesta de consulta popular por vía de referéndum sobre la independen­cia era contraria a dos artículos del Estatut de Autonomía. En este documento se señala que la vía que podría usar el Parlament sería una proposició­n de ley para modificar la Constituci­ón y convocar la consulta, llevarla a la Mesa del Congreso de los Diputados y designar diputados para defenderla.

El precedente más reciente fue el 29 de marzo pasado. La CUP presentó en la Mesa una moción que abogaba por “reiterar la declaració­n” del 9N y “no atender el contenido de la sentencia TC” que declaraba su nulidad. Ante esta circunstan­cia, la presidenta Forcadell propuso que fuera “admitida de manera condiciona­da porque tal y como estaba redactada no podía ser votada en el pleno”, tal y como consta en el acta de la Mesa. El resto de miembros del órgano rector de la Cámara –soberanist­as y no soberanist­as– también expresaron sus reservas e incluso presentaro­n solicitude­s para que fuera inadmitida. Finalmente tras una dura negociació­n con JxSí, la propuesta salió adelante y fue votada en el pleno pero con enmiendas para evitar incumplir la sentencia del TC.

La juez del TSJC, Maria Eugènia Alegret, que instruye la causa contra Forcadell, aceptó las peticiones de la Fiscalía y ayer un funcionari­o del tribunal se presentó en el Parlament para que le hicieran entrega de las actas requeridas, según señalaron fuentes jurídicas.

La magistrada también contará con un informe jurídico del Parlament, solicitado por el abogado defensor de la presidenta, Andreu van den Eynde, que daba respuesta a una demanda del PSC en la que se argumentab­a que la Mesa no puede restringir el contenido de los debates del pleno.

La Mesa se opuso a una consulta hasta en tres ocasiones, en el 2009 y el 2010, porque la Cámara carece de competenci­as En marzo, la presidenta advirtió a la Mesa que el contenido de una moción de la CUP no podía ser votada

 ?? ANA JIMÉNEZ ?? Forcadell. La presidenta del Parlament declaró ante el juez el pasado 16 de diciembre. Posteriorm­ente, ha sido el turno de los testigos
ANA JIMÉNEZ Forcadell. La presidenta del Parlament declaró ante el juez el pasado 16 de diciembre. Posteriorm­ente, ha sido el turno de los testigos

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