La CEOE anima a recurrir la subida tributaria al TC
La patronal cree que los cambios son inconstitucionales
El enfrentamiento entre la patronal CEOE y el Ministerio de Hacienda por los recientes cambios en el impuesto de sociedades se recrudece. Y puede acabar en los tribunales. La patronal que preside Juan Rosell hizo público ayer un informe jurídico sobre estas modificaciones fiscales aprobadas a principios de mes donde ofrece argumentos sobre su inconstitucionalidad. En concreto, considera que podrían vulnerar el artículo 86 de la Constitución porque “afecta a una figura central del sistema”, al hecho imponible, “al gravar nuevas situaciones” e incide la generalidad de los contribuyentes” porque acaba afectando a “miles de accionistas y a los trabajadores”. El texto considera “discutible” además que se dé una extraordinaria y urgente necesidad que justifique la utilización del decreto ley.
Después de cuestionar el encaje constitucional de la última subida de sociedades, el texto indica que el mejor procedimiento para defender los derechos de las empresas es que las afectadas soliciten a la Agencia Tributaria una rectificación de la autoliquidación del impuesto y su suspensión. Eso sí, recomienda primero abonar, dentro del plazo establecido, el importe calculado “sin aplicar las medidas que se reputan inconstitucionales” y luego una complementaria, “en plazo pero sin ingreso”, aplicando todos los últimos cambios.
Los autores del dictamen de la CEOE advierten que lo habitual es que Hacienda desestime la rectificación y la suspensión. Entonces, el siguiente paso a seguir sería la presentación de un contencioso administrativo en el que se “solicitará el planteamiento de cuestión de inconstitucionalidad”. A la hora de analizar el procedimiento a seguir, el propio texto señala “problemas prácticos” y falta de precedentes.
Fuentes de la patronal aseguraron hace sólo unos días que, de llevarse a cabo una la lucha en los tribunales por los cambios del impuesto de sociedades, esta tenía que realizarse, de forma individual, por las empresas que se consideraran afectadas por la limitación de la compensación por pérdidas en ejercicios anteriores y la reversión mínima por deterioro de filiales. Las mismas fuentes admitieron de que acudir a la justicia era camino muy complicado.
Según recuerda el Tribunal Constitucional, la cuestión de inconstitucionalidad “sólo puede ser promovida, de oficio o a instancia de parte, por jueces y tribunales, y han de hacerlo cuando consideren que una norma con rango de ley aplicable al proceso del que conocen y de cuya validez
El informe jurídico reconoce serias dificultades a la hora de emprender una batalla jurídica
dependa la decisión que hayan de adoptar en el mismo pueda ser contraria a la Constitución”.
El informe jurídico califica de inamisibles la retroactividad, impulsada por Hacienda. “La aplicación retroactiva de las medidas en el ejercicio 2016 resulta incompatible con la seguridad jurídica”, concluye. Hace un par de semanas, Rosell no dudó en calificar de “estropicio” los últimos cambios para aumentar la recaudación tributaria y habló abiertamente de que este tipo de medidas puede dificultar la implantación de empresas extranjeras en España.
Asimismo, el texto solicitado por la patronal carga las tintas contra “una continua reforma de los tributos”. “Estas medidas deben, por lo general, anunciarse con la debida antelación y tratarse con los afectados, dando el tiempo necesario para recibir aportaciones y dejando que los grupos parlamentarios puedan proponer enmiendas”.
Los cambios en sociedades forman parte de un paquete de medidas, consensuadas con el PSOE a cambio del apoyo en la aprobación del techo de gasto para el 2017. Según explicó el ministro Cristóbal Montoro a principios de diciembre, esta modificación en el impuesto de socie-dades supondrá un ingreso adi-cional para las arcas públicas de 4.650 millones de euros.