Neymar sigue en el banquillo
Rechazado el recurso contra el procesamiento del jugador y del Barça por su fichaje
Neymar y el FC Barcelona van a seguir atados al banquillo de la Audiencia Nacional. La Sala Penal de esta instancia rechazó ayer los recursos presentados por el Barça, el jugador y su madre contra su procesamiento. La consecuencia es que la causa sigue viva y a un paso de que se dicte la siguiente resolución, que sería el auto de apertura del juicio oral.
Ya puede darse por seguro, por tanto, que el jugador brasileño y el club azulgrana, como persona jurídica, se sentarán en el banquillo por el caso Neymar II. En este proceso se ha investigado el fichaje del delantero a raíz de una denuncia de la sociedad DIS, que se dice perjudicada por los términos económicos en que se produjo la llegada de Neymar al Barça.
Junto al delantero y a la entidad blaugrana se confirma ahora el procesamiento de Nadine Gonçalves, madre del jugador, y los de la sociedad familiar, N&N, junto al Santos, club de procedencia de Neymar. Queda por resolver el recurso presentado por el presidente del Barça, Josep Maria Bartomeu.
Neymar había alegado en su recurso que vive dedicado al fútbol, y no al examen y control de los contratos que han jalonado su carrera deportiva. La Sala Penal de la Audiencia contesta en su resolución que lo importante es que su firma aparece en los documentos por los que se acordó su fichaje. Y añade que tiempo tendrá de alegar en el juicio que él se ha ocupado de jugar al fútbol y no a negociar los términos de su fichainstrucción je, asunto del que se ocupaba su padre. Pero el punto más curioso de la resolución, por los términos en que está redactada, es aquel en el que, a renglón seguido, la Audiencia razona que la mencionada alegación de Neymar se parece mucho a la formulada por su compañero de equipo Leo Messi, en el proceso que le afectó, y en el que fue condenado a 21 meses de cárcel por tres delitos fiscales.
El auto de los jueces Ángela Murillo, Teresa Palacios y Juan Franscisco Martel sostiene que en el proceso penal español “la recopila datos indiciarios del hecho y de la presunta participación (de cada acusado), dejando para la fase que ha de poner fin al proceso el debate y análisis sobre la acreditación de los elementos tanto objetivos como subjetivos del delito objeto de la acusación”.
Y para rechazar que ahora deba acoger las razones de Neymar, añade que “sirva además como precedente, con las diferencias entre los hechos” de este proceso “y los seguidos en su día contra el asimismo jugador conocido como Leo Messi, que los argumentos empleados en su línea de defensa y que coinciden en gran medida con los referidos en nombre de este otro jugador Neymar Da Silva, se derivaron al juicio oral”, donde fueron resueltos por la sentencia del 5 de julio del año pasado, que condenó al crack argentino del FC Barcelona. Nótese la mención al jugador “conocido como Leo Messi”, en términos que parecen relativos a alguien de difícil o lejana identificación.
La querella de la sociedad DIS, presentada en junio de 2015, exponía que poseía el 40% de los derechos federativos de Neymar en los tiempos en que el delantero
Neymar planteó que se dedica a jugar al fútbol y que de las negociaciones se ocupa su padre La Audiencia contesta que eso mismo dijo “el jugador conocido como Leo Messi” y que lo exponga en el juicio
jugaba en el equipo del Santos. El fondo de inversiones DIS añadía que se vio perjudicado por el contrato de 40 millones de euros que el Barça suscribió con Neymar en 2011 para asegurarse su llegada al club azulgrana. Según el fiscal, el pacto para el fichaje impidió “que otros clubs participaran libremente en el mercado para la adquisición de los derechos federativos del jugador”.