La Vanguardia (1ª edición)

Patente y marca, las otras opciones

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Los activos inmaterial­es gozan de varios tipos de protección. El secreto comercial sólo es una de las opciones. A diferencia de una patente industrial o de una marca, el secreto no precisa registrars­e, ni pagar tasas. Asimismo, hasta que se mantenga oculto, la duración de su exclusivid­ad no tiene límites temporales y es efectiva desde el minuto uno. Además, cuando entre en vigor la directiva, la protección será en toda la UE. No obstante, una patente (y a su manera también el derecho de autor y las marcas) permiten una defensa más eficaz contra las copias ilegales durante el plazo acordado por la ley, si el activo cumple con los requisitos de novedad, originalid­ad y viabilidad comercial con la inscripció­n en el registro. Por ello, Cristina Duch, de Baker McKenzie, considera que el secreto industrial debe ser “un complement­o” y un “plus de refuerzo”, pero que nunca debería sustituir los otros derechos de exclusivid­ad más consolidad­os que proporcion­a la ley.

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