El juez rebaja a desorden público las acciones de los CDR
La Audiencia Nacional deja libre con medidas cautelares a la activista detenida
El juez de la Audiencia Nacional Diego de Egea dejó libre a Tamara Carrasco, presunta coordinadora de los Comitès de Defensa de la República (CDR). El magistrado no cree que sus actos sean constitutivos de un delito de terrorismo.
Habrá que ver cada caso concreto, si hay nuevas detenciones, pero en principio el juez de la Audiencia Nacional Diego de Egea consideró ayer que las acciones atribuidas a Tamara Carrasco, la presunta coordinadora de los Comitès de Defensa de la República (CDR), detenida el pasado martes, no son constitutivos de un delito de terrorismo. El magistrado estimó que los hechos podrían implicar, en cambio, un delito de desórdenes públicos, que obviamente tiene una entidad mucho menor. De entrada, no es competencia de la Audiencia. La detenida sólo contestó durante su comparecencia a las preguntas de su abogado, Sergi Atienza.
El juez De Egea, en todo caso, impuso a Carrasco medidas cautelares, consistentes en comparecencias semanales en el juzgado, prohibición de salir de su municipio de residencia –salvo para acudir al trabajo–, autorización judicial para cualquier salida del término municipal en que reside, prohibición de viajar fuera de España y fijación de un domicilio y un teléfono en los que debe estar localizable.
El fiscal encargado del caso, Miguel Ángel Carballo, había solicitado, en cambio, prisión provisional para la detenida, por estimar que su conducta sí ha sido constitutiva del mencionado delito de terrorismo, entre otras posibles acusaciones. Un comunicado hecho público por la Fiscalía de la Audiencia Nacional subrayó que a Tamara Carrasco se le atribuyen “delitos cometidos con finalidad de rebelión, sin perjuicio de las ulteriores calificaciones que puedan adoptarse tras el avance de la investigación”. En el informe ante el juez, en todo caso, el fiscal mencionó el citado supuesto de terrorismo. La tesis de la Fiscalía es que la detenida “habría desarrollado actividades de dirección y coordinación en actos de sabotaje, formando parte de un reducido equipo de dirección que determina las pautas de actuación y las consignas de movilización de estos grupos”.
La petición de prisión preventiva obedecía a que, según el fiscal, existe riesgo de reiteración delictiva y de destrucción de pruebas, aparte de la especial gravedad de las penas que pudieran imponerse en su día. Las correspondientes al delito de desórdenes públicos, en cambio, van de los seis meses a los tres años, que pueden llegar a seis en casos agravados.
La investigación se extiende a otra persona, un hombre residente en Esplugues. El juez decretó ayer su busca y captura. De momento, el caso sigue en la Audiencia hasta que aclare qué hechos cometió el reclamado y cuál debe ser su calificación jurídica.