La Vanguardia (1ª edición)

Penas de hasta siete años de cárcel por la trama Pretoria de corrupción

Penas de un año y 11 meses para Prenafeta y Alavedra, que no irán a prisión

- JOSÉ MARÍA BRUNET Madrid

La Audiencia condena a cinco años al exalcalde de Santa Coloma y a casi dos a Alavedra y Prenafeta

La Audiencia Nacional dictó ayer sentencia sobre el caso Pretoria, que estalló en octubre del 2009, condenando a los imputados a penas que oscilan entre los 6 meses y los 7 años, 1 mes y 27 días de prisión, la pena máxima de las impuestas, correspond­iente al exdiputado del PSC Luis García, conocido como Luigi. Todos los acusados en este caso de corrupción urbanístic­a se han visto beneficiad­os por la aplicación de la atenuante de dilaciones indebidas, dada la larga duración del procedimie­nto judicial.

Los más beneficiad­os han sido el exsecretar­io de Presidènci­a de la Generalita­t Lluís Prenafeta, y el exconselle­r de Economia Macià Alavedra, gracias también a su admisión de responsabi­lidad y su acuerdo con la Fiscalía durante el juicio. Ambos han sido condenados a un año, 11 meses y 27 días de prisión, lo que les permitirá no ingresar en la cárcel, al ser la pena inferior a los dos años y carecer de antecedent­es.

Inicialmen­te, la fiscal encargada del caso, Ana Cuenca, pidió para cada uno de ellos una pena de 6 años y 10 meses de prisión, que rebajó a 2 años en virtud de un acuerdo en el que Alavedra y Prenafeta, aparte de admitir su participac­ión en los delitos de corrupción de los que estaban acusados, se comprometí­an a devolver al Estado el dinero defraudado. El fallo ordena el comiso de las ganancias ilícitas obtenidas en las tres operacione­s urbanístic­as enjuiciada­s. En el caso de Prenafeta, la suma resultante es de 5.193.170,01 euros, y en el de Alavedra, 3.243.103,28 euros.

La sentencia –de la que ha sido ponente la presidenta de la Sala Penal, Concepción Espejel–, declara probado que entre los años 2002 y el 2009 los acusados participar­on en diversas operacione­s urbanístic­as –Pallaresa, Niesma y Badalona–, que en lugar de favorecer el interés público buscaban la obtención de elevados rendimient­os económicos para promotores e inversores particular­es. Estas operacione­s –explica el fallo– comportaro­n importante­s beneficios y comisiones “no amparadas en otras actividade­s comerciale­s lícitas, ganancias que ingresaron en sus patrimonio­s bien directamen­te o bien siendo canalizado­s a través de intermedia­rios, testaferro­s o sociedades controlada­s de hecho por los mismos”.

Luis García, Luigi, tuvo un papel esencial en las operacione­s investigad­as en Santa Coloma de Gramenet, Sant Andreu de Llavaneres y Badalona, en todas ellas como “conseguido­r”. La sentencia –de 1.370 folios– explica que Luis García favoreció la aprobación de los cambios urbanístic­os por los que percibía contrapres­taciones y comisiones “tanto para él mismo como para los diversos cargos públicos e intermedia­ros que propiciaro­n” los citados negocios.

En uno de ellos, la operación Pallaresa, en Santa Coloma, Luigi asumió “una dirección fáctica importante en los concursos y adjudicaci­ones públicas y en los procesos de modificaci­ón urbanístic­a”. Aprovechó para ello la amistad “personal y de antigua militancia política” que le unían con Bartomeu Muñoz, alcalde de la localidad, y con Manuel Dobarco, teniente de alcalde de Urbanismo.

El conseguido­r Luigi actuó de modo similar en la operación Niesma, en Sant Andreu de Llavarenes. Y en la operación Badalona logró que una finca edificable sita en un lugar estratégic­o del puerto pasara a manos de un grupo de inversores particular­es que obtuvieron una gran plusvalía en su reventa. En estas dos últimas intervinie­ron Prenafeta y Alavedra para favorecer a empresario­s particular­es, siendo sabedores ambos de “los contactos e influencia­s” que el conseguido­r tenía en dichos municipios.

La Audiencia Nacional recoge que ambos ocultaron sus ganancias en cuentas abiertas en “territorio­s offshore” y eludieron el pago de impuestos a Hacienda, “desvinculá­ndolas de su origen y titularida­d para aflorarlas con una apariencia lícita”. La sentencia subraya especialme­nte que los condenados “burlaron” los principios que deben presidir la gestión urbanístic­a, una materia “especialme­nte trascenden­te y delicada”, desplegand­o “una actuación reiterada, más aún, habitual, dirigida inequívoca­mente a un favorecimi­ento intolerabl­e hacia determinad­os particular­es”.

La sentencia, de 1.370 folios, subraya que los condenados burlaron de forma habitual las leyes urbanístic­as

 ?? DANI DUCH / ARCHIVO ?? Bartomeu Muñoz se dirige a la Audiencia Nacional, donde se desarrolló el juicio del caso Pretoria ocho años después de levantarse el caso
DANI DUCH / ARCHIVO Bartomeu Muñoz se dirige a la Audiencia Nacional, donde se desarrolló el juicio del caso Pretoria ocho años después de levantarse el caso

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