El Gobierno aboga por limitar el delito de rebelión
La vicepresidenta Calvo insiste en poner en duda tal acusación en la causa del 1-O El Ejecutivo se pronuncia en vísperas del informe de la Fiscalía
El proceso penal abierto en el Tribunal Supremo (TS) a raíz del referéndum del 1-O ha entrado en una nueva etapa, de mayor celeridad, tras las decisiones adoptadas ayer por la Sala Penal. La primera, dar por conclusa la instrucción del sumario, sin acceder a practicar ahora centenares de pruebas pedidas por la defensa, y que quedan para la vista. Se abre la fase de juicio oral.
La segunda decisión, consecuencia de la anterior, fue conceder un plazo de cinco días a las acusaciones para que formulen y presenten sus conclusiones provisionales. La Fiscalía, la Abogacía del Estado y el partido político Vox, que ejerce la acción popular, se pronunciarán ahora, por tanto, sobre si mantienen o modifican la acusación de rebelión, el delito principal contemplado en relación con este asunto a lo largo de la instrucción.
Junto al de rebelión, el auto de procesamiento describía los posibles delitos de desobediencia y malversación. Al primero le pueden corresponder hasta 30 años de prisión. En medios de la Fiscalía se da por seguro que se mantendrá la acusación principal, el mencionado delito de rebelión, pero con peticiones de pena que no alcanzarán los citados 30 años. Para los que se consideren impulsores principales de los hechos la Fiscalía se moverá en un arco de 15 a 25 años de prisión, dependiendo del grado de responsabilidad y liderazgo que considere que asumió en los hechos cada uno de los procesados.
Si lo solicita, la Fiscalía y las otras dos acusaciones dispondrán de cinco días más de plazo para entregar sus conclusiones. Luego será el turno de las defensas, con idénticas condiciones. La apertura de esta
nueva fase implica la remisión a juicio de los 18 procesados que permanecen a disposición del Supremo, en prisión incondicional o en libertad provisional. Además del exvicepresident del Govern Oriol Junqueras, y de la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, se sentarán en el banquillo ocho exconsellers –Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva, Joaquim Forn, Dolors Bassa, Meritxell Borràs, Carles Mundo y Santi Vila–; el expresidente de la ANC Jordi Sànchez, y el presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, así como los exmiembros de la Mesa de la Cámara catalana Lluís Corominas, Lluís Guinó, Anna Simó, Ramona Barrufet y Joan Josep Nuet, y finalmente la expresidenta del grupo parlamentario de la CUP, Mireia Boya.
En paralelo, la Sala de Enjuiciamiento confirma en sus autos el sobreseimiento de la causa con respecto al expresident de la Generalitat Artur Mas, a la expresidenta de la Associació de Municipis per la Independència Neus Lloveras y a la ex coordinadora general del PDECat, Marta Pascal. Con ello ratifica la decisión de archivo que para ambos adoptó en su día el magistrado encargado de instruir la causa, Pablo Llarena. Otro acuerdo importante adoptado ayer por el Supremo fue la incorporación, ya anunciada, de otros dos magistrados a la sala de cinco que juzgará el caso 1-O. Una vez rechazadas las recusaciones presentadas por las defensas, la Sala de Enjuiciamiento quedará compuesta por los jueces Manuel Marchena, presidente de la Sala Penal, y Andrés Martínez Arrieta, Juan Ramón Berdugo, Luciano Varela y Antonio del Moral. Y los que acceden al tribunal, para su definitiva composición de siete magistrados, son Ana Ferrer y Andrés Palomo. Este último fue el instructor de la causa contra el exconseller y exportavoz del PDECat en el Congreso Francesc Homs. La formación de la sala con siete magistrados se debe a la especial relevancia del caso 1-O. En su día, un tribunal con idéntico número de jueces celebró la vista contra Homs por el 9-N.
Antes de calificar la causa, las defensas tendrán también la oportunidad de plantear la iniciativa de artículo de previo pronunciamiento. En esa fase cuestionarán la competencia del Supremo para ver la causa del 1-O. Las defensas tendrán con ello la última oportunidad de insistir en una cuestión que han venido planteando en las sucesivas fases de la causa, en el sentido de que este caso debería estar en manos del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC), que es la instancia ante la que están aforados los consellers y diputados del Parlament. El TS, en cambio, ha considerado que es competente porque los hechos ocurrieron en Catalunya pero sus consecuencias se proyectaron sobre el conjunto de España.
El Supremo ha rechazado, por otra parte, incorporar a este sumario todo lo actuado sobre el 1-O en los juzgados 7 y 13 de Barcelona, y en el central 3 de la Audiencia Nacional, cuya Fiscalía pidió ayer más tiempo para elaborar sus conclusiones sobre la causa contra el mayor de los Mossos, Josep Lluís Trapero. Quedan para el juicio, finalmente, numerosas pruebas testificales y documentales que el Supremo inadmite ahora considerando que el momento idóneo para practicarlas –también en aras de la celeridad de la causa– es la propia vista.
También en relación con el 1-O, la Fiscalía de la Audiencia de Barcelona pidió ayer dos años de cárcel por usurpación de función pública y nueve meses por desobediencia a los cinco miembros de la Sindicatura Electoral que debía supervisar el referéndum declarado ilegal.
El Alto Tribunal rechaza trescientas pruebas testificales y documentales que se verán en el juicio