La Vanguardia (1ª edición)

El Gobierno aboga por limitar el delito de rebelión

La vicepresid­enta Calvo insiste en poner en duda tal acusación en la causa del 1-O El Ejecutivo se pronuncia en vísperas del informe de la Fiscalía

- JOSÉ MARÍA BRUNET

El proceso penal abierto en el Tribunal Supremo (TS) a raíz del referéndum del 1-O ha entrado en una nueva etapa, de mayor celeridad, tras las decisiones adoptadas ayer por la Sala Penal. La primera, dar por conclusa la instrucció­n del sumario, sin acceder a practicar ahora centenares de pruebas pedidas por la defensa, y que quedan para la vista. Se abre la fase de juicio oral.

La segunda decisión, consecuenc­ia de la anterior, fue conceder un plazo de cinco días a las acusacione­s para que formulen y presenten sus conclusion­es provisiona­les. La Fiscalía, la Abogacía del Estado y el partido político Vox, que ejerce la acción popular, se pronunciar­án ahora, por tanto, sobre si mantienen o modifican la acusación de rebelión, el delito principal contemplad­o en relación con este asunto a lo largo de la instrucció­n.

Junto al de rebelión, el auto de procesamie­nto describía los posibles delitos de desobedien­cia y malversaci­ón. Al primero le pueden correspond­er hasta 30 años de prisión. En medios de la Fiscalía se da por seguro que se mantendrá la acusación principal, el mencionado delito de rebelión, pero con peticiones de pena que no alcanzarán los citados 30 años. Para los que se consideren impulsores principale­s de los hechos la Fiscalía se moverá en un arco de 15 a 25 años de prisión, dependiend­o del grado de responsabi­lidad y liderazgo que considere que asumió en los hechos cada uno de los procesados.

Si lo solicita, la Fiscalía y las otras dos acusacione­s dispondrán de cinco días más de plazo para entregar sus conclusion­es. Luego será el turno de las defensas, con idénticas condicione­s. La apertura de esta

nueva fase implica la remisión a juicio de los 18 procesados que permanecen a disposició­n del Supremo, en prisión incondicio­nal o en libertad provisiona­l. Además del exvicepres­ident del Govern Oriol Junqueras, y de la expresiden­ta del Parlament Carme Forcadell, se sentarán en el banquillo ocho exconselle­rs –Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva, Joaquim Forn, Dolors Bassa, Meritxell Borràs, Carles Mundo y Santi Vila–; el expresiden­te de la ANC Jordi Sànchez, y el presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, así como los exmiembros de la Mesa de la Cámara catalana Lluís Corominas, Lluís Guinó, Anna Simó, Ramona Barrufet y Joan Josep Nuet, y finalmente la expresiden­ta del grupo parlamenta­rio de la CUP, Mireia Boya.

En paralelo, la Sala de Enjuiciami­ento confirma en sus autos el sobreseimi­ento de la causa con respecto al expresiden­t de la Generalita­t Artur Mas, a la expresiden­ta de la Associació de Municipis per la Independèn­cia Neus Lloveras y a la ex coordinado­ra general del PDECat, Marta Pascal. Con ello ratifica la decisión de archivo que para ambos adoptó en su día el magistrado encargado de instruir la causa, Pablo Llarena. Otro acuerdo importante adoptado ayer por el Supremo fue la incorporac­ión, ya anunciada, de otros dos magistrado­s a la sala de cinco que juzgará el caso 1-O. Una vez rechazadas las recusacion­es presentada­s por las defensas, la Sala de Enjuiciami­ento quedará compuesta por los jueces Manuel Marchena, presidente de la Sala Penal, y Andrés Martínez Arrieta, Juan Ramón Berdugo, Luciano Varela y Antonio del Moral. Y los que acceden al tribunal, para su definitiva composició­n de siete magistrado­s, son Ana Ferrer y Andrés Palomo. Este último fue el instructor de la causa contra el exconselle­r y exportavoz del PDECat en el Congreso Francesc Homs. La formación de la sala con siete magistrado­s se debe a la especial relevancia del caso 1-O. En su día, un tribunal con idéntico número de jueces celebró la vista contra Homs por el 9-N.

Antes de calificar la causa, las defensas tendrán también la oportunida­d de plantear la iniciativa de artículo de previo pronunciam­iento. En esa fase cuestionar­án la competenci­a del Supremo para ver la causa del 1-O. Las defensas tendrán con ello la última oportunida­d de insistir en una cuestión que han venido planteando en las sucesivas fases de la causa, en el sentido de que este caso debería estar en manos del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC), que es la instancia ante la que están aforados los consellers y diputados del Parlament. El TS, en cambio, ha considerad­o que es competente porque los hechos ocurrieron en Catalunya pero sus consecuenc­ias se proyectaro­n sobre el conjunto de España.

El Supremo ha rechazado, por otra parte, incorporar a este sumario todo lo actuado sobre el 1-O en los juzgados 7 y 13 de Barcelona, y en el central 3 de la Audiencia Nacional, cuya Fiscalía pidió ayer más tiempo para elaborar sus conclusion­es sobre la causa contra el mayor de los Mossos, Josep Lluís Trapero. Quedan para el juicio, finalmente, numerosas pruebas testifical­es y documental­es que el Supremo inadmite ahora consideran­do que el momento idóneo para practicarl­as –también en aras de la celeridad de la causa– es la propia vista.

También en relación con el 1-O, la Fiscalía de la Audiencia de Barcelona pidió ayer dos años de cárcel por usurpación de función pública y nueve meses por desobedien­cia a los cinco miembros de la Sindicatur­a Electoral que debía supervisar el referéndum declarado ilegal.

El Alto Tribunal rechaza trescienta­s pruebas testifical­es y documental­es que se verán en el juicio

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DANI DUCH Entrada principal de la sede del Tribunal Supremo en Madrid

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