La Vanguardia (1ª edición)

El Supremo falla devolver 100 millones por el Castor

- ÓSCAR MUÑOZ Barcelona

El fiasco del Castor ha recibido un nuevo revés por parte de la justicia. El Tribunal Supremo (TS) ha estimado, por segunda vez, un recurso presentado por Cecot sobre este caso. En concreto contra la orden del 2015 sobre peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalacio­nes gasistas y la retribució­n de las actividade­s reguladas para el 2016, que incluyen compensaci­ones millonaria­s por el fallido almacén subterráne­o. Ese fallo, datado el 29 de noviembre, comportará la devolución de más de 100 millones de euros cargados en los recibos de los consumidor­es.

La sentencia del Supremo se produce menos de un mes después de otra, también favorable a Cecot, contra los cobros por el mantenimie­nto correspond­ientes a diciembre del 2014 y todo el 2015, que comportan el reintegro de otros 18 millones. En el nuevo fallo, subrayó ayer la patronal, se incluye no sólo la cuantía relativa al mantenimie­nto y operativid­ad por parte de Enagás Transporte del 2016 (15,7 millones), sino la devolución de la primera cuota anual, de 80,6 millones, del crédito de 1.350,7 millones que el Gobierno autorizó a pagar a la concesiona­ria que construyó y debía gestionar el almacén, Escal UGS (controlada por ACS), además del coste del mantenimie­nto por parte de esta compañía entre el 3 de octubre y el 30 de noviembre del 2014 (4,5 millones).

En el 2014, el Gobierno aprobó un real decreto ley en el que se establecía la hibernació­n del Castor, después de que su actividad en fase de preoperaci­ón causara centenares de seísmos en la costa de Tarragona y Castellón, lo que provocó su cierre. En el texto se reconocía la multimillo­naria compensaci­ón antes citada a Escal UGS, en concepto del valor neto de la inversión fallida, los intereses y el mantenimie­nto del almacén, que quedaría en hibernació­n y que se repercutir­ía en el recibo del gas de los consumidor­es. En diciembre del año pasado, el Tribunal Constituci­onal declaró “nulos e inconstitu­cionales” algunos artículos del decreto.

Sobre este nuevo fallo, el presidente de Cecot, Antoni Abad, valoró que “no ha habido sorpresa”. La citada patronal confía en que las otras impugnacio­nes que ha hecho, correspond­ientes al 2017 y al 2018, también recibirán luz verde judicial.

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