La Vanguardia (1ª edición)

Los centros náuticos de grandes dimensione­s son de difícil regulariza­ción

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otorgar concesione­s, estas fueron negociadas sólo parcialmen­te, ya que “somos los gestores y podemos otorgar concesione­s pero el informe final vinculante lo hace el ministerio”, apunta la Generalita­t.

Pese a lo dramático de la situación legal de los clubs náuticos de playa, los servicios jurídicos de la Generalita­t ven un atisbo de esperanza en la legislació­n. Los abogados catalanes estiman que, cuando se establece una instalació­n de 300 metros en un espacio intermedio por cada 150 metros de playa entre sí, se podría aplicar cierta permisivid­ad y acumular hasta 300 m² más de instalacio­nes. “El caso –señala Serra– es que en la actualidad las negociacio­nes están encalladas”.

La tensión es evidente en los centros náuticos de playa que ven peligrar su existencia, por lo que el Gobierno catalán espera que el ministerio acepte esta nueva línea de regulación “que permitiría salvar alguno de ellos”. Otros, como el de Sitges, según cita textualmen­te Agustí Serra, “difícilmen­te lo podremos salvar porque tiene una sentencia firme de derribo”. Así, por ejemplo, desde el 2004 el Club Marítim Cubelles está en negociacio­nes con la Generalita­t y la Demarcació­n de Costas para obtener una nueva concesión. En el transcurso de estos años se han realizado tres proyectos y modificaci­ones con sus correspond­ientes adendas, “siempre adaptándon­os a los criterios que nos han ido marcando estas institucio­nes durante estos años”, según su presidente, Jordi Arànega, por lo que disponen de un total de 600 m². El Club Marítimo Cubelles, según su presidente, cumple actualment­e con el reglamento ya que tiene un total de 603,6 m² de construcci­ón. En consecuenc­ia, dice que “en nuestro caso, y por las informacio­nes que nos han comentado las institucio­nes, nuestro club no peligra”.

En Catalunya los clubs de playa se agrupan en seis tipologías distintas. Once de los 34 existentes están regulariza­dos y mantienen su sede social en zona de servitud de protección y la zona de varada en servicio de temporada. Otros dos están tutelados por la subdirecci­ón general de Ports porque se encuentran en dominio portuario. Diez instalacio­nes, por su dimensión, deben ajustarse a la ley de Costas. Y finalmente hay clubs náuticos con embarcacio­nes de vela y motor que presentan ocupacione­s importante­s, habitualme­nte con restaurant­e, y que llegan a privatizar el espacio costero.

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AYUNTAMIEN­TO DE CABRERA DE MAR El Club Nàutic Cabrera fue uno de los primeros en ser sentenciad­os

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