La Vanguardia (1ª edición)

El Gobierno reactiva la inscripció­n de bebés de gestación subrogada en Kíev

- JAVIER RICOU

El Gobierno español ha reactivado las inscripcio­nes de bebés de padres españoles nacidos en Ucrania por gestación subrogada después de que el responsabl­e de la oficina consular en Kíev cambiara por sorpresa esta semana las reglas establecid­as hasta ahora en los trámites de esa gestión. Una decisión que provocó las protestas de alrededor de 25 matrimonio­s españoles que aguardan desde hace semanas la entrega por parte de esa oficina de la documentac­ión necesaria para poder regresar a sus casas con sus hijas e hijos.

La polémica saltó al revelar esas familias españolas que la oficina consular les pedía, para poder inscribir a sus hijos y obtener el pasaporte español de esos bebés, una sentencia de filiación. Un requisito, amparado en una instrucció­n del 2010, que jamás se había exigido a esas parejas en la oficina consular de Kíev. Con el agravante de que esa resolución judicial –la sentencia debe de acreditar la paternidad de esos niños nacidos por maternidad subrogada–, se apunta como algo imposible de conseguir en Ucrania.

La buena noticia para esos matrimonio­s atrapados en Kíev con unos hijos ahora apátridas llegó ayer desde el Ministerio de Justicia con una nueva instrucció­n, según confirmó un portavoz de Exteriores, trasladada ya a embajadas y consulados españoles de países donde la gestación subrogada es legal, en la que se establece que para la inscripció­n de esos bebés y la obtención de pasaporte español basta la acreditaci­ón, con una prueba de ADN, de la paternidad. Es lo que se había pedido hasta la fecha por las autoridade­s consulares en países como Ucrania (uno de los más visitados por parejas españolas que recurren a la maternidad subrogada) aunque esa norma no estaba escrita.

Ahora sí que será de obligado cumpliment­o tras la instrucció­n dada por la dirección general de Registros y Notariado. La sentencia de filiación exigida por sorpresa esta semana por el cónsul español en Kíev era un trámite que sólo se exigía en Estados Unidos y Canadá, donde los tribunales sí están predispues­tos en estos casos a dictar estas resolucion­es.

En Ucrania el trámite habitual, que ahora queda sellado por la instrucció­n del Ministerio de Justicia, se limitaba a probar la paternidad, corroborad­a por la declaració­n de la madre gestante. Tras ese trámite se otorga al bebé pasaporta español y cuando la pareja está ya en España la madre que ha donado su óvulo a la gestante inicia el proceso de adopción

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