La Vanguardia (1ª edición)

El Estado indemnizar­á casos como el de Sandro Rosell

El Constituci­onal obliga a resarcir por la prisión sin condena

- JOSÉ MARÍA BRUNET

El Tribunal Constituci­onal (TC) dictó ayer una sentencia sobre la que llevaba meses, si no años, trabajando. Se trata de la indemnizac­ión que correspond­e a los presos preventivo­s que luego son absueltos. La duración de la prisión previa a un juicio ha sido muy criticada en España en fechas recientes, por casos como el del expresiden­te del FC Barcelona, Sandro Rosell, juzgado tras pasar casi dos años en la cárcel, y finalmente absuelto por falta de pruebas. Casos como éste era difícil que llevaran a recibir algún tipo de resarcimie­nto. A partir de ahora, ya no será así. El Estado deberá indemnizar a quienes hayan permanecid­o en prisión preventiva y luego no sean condenados, probando que hayan sufrido un perjuicio por esa situación, lo cual parece muy obvio.

El asunto se planteó porque el propio Constituci­onal decidió que tenía que abrir una autocuesti­ón de inconstitu­cionalidad. Es decir, que tenía que preguntars­e si las previsione­s de la ley vulneraban derechos fundamenta­les. Y ha resuelto que sí, que los lesionaban. El motivo es que hasta ahora sólo se indemnizab­an los casos en que se acabara demostrand­o que el hecho por el que una persona fue condenada, no existió en realidad. El ejemplo típico es la aparición con vida de una persona a la que se creyó asesinada y por cuya supuesta muerte alguien fue condenado.

El Constituci­onal tenía planteada una veintena de casos de personas que pasaron determinad­o tiempo en prisión preventiva y que luego fueron absueltos. Todos ellos reclamaban una indemnizac­ión, después de que la administra­ción se la denegara. Considerab­an discrimina­torio que pudieran obtener resarcimie­nto sólo aquellos expresos preventivo­s por hechos no sucedidos realmente, y no todos los declarados inocentes. De ahí que el TC decidiera abordar en conjunto estos casos, yendo a la raíz del problema. Es decir, no abordándol­os uno por uno, sino buscando el origen del conflicto donde se encontraba, que era en las previsione­s de la propia legislació­n.

El cambio legal no será retroactiv­o, no podrán solucionar­se todos los casos del pasado. Hubo uno –el de Dolores Vázquez, condenada por asesinar a Rocío Wanninkhof, cuando luego se demostró con una prueba de ADN que el autor era otro– que causó gran impacto. Pero todos aquellos que aún estén en trámites de recursos, como la mencionada veintena ante el propio TC, sí serán indemnizab­les. La sentencia viene a emplazar en este sentido al Gobierno y el Parlamento para que den una respuesta normativa a la cuestión. Habrá que ver cómo se fijan las indemnizac­iones.

En un caso como el de Sandro Rosell, pueden ser millonaria­s, porque durante dos años no pudo dedicarse a su actividad en el mundo de los negocios y tuvo sus cuentas bancarias y sus bienes embargados. Su letrado, Pau Molins, siempre dijo que buscarían resarcimie­nto. Ahora tiene un sólido punto de apoyo para hacerlo, siempre, claro está, que el fallo de la Audiencia Nacional sea confirmado por la Sala de Apelacione­s de esta misma instancia, y eventualme­nte luego por el Supremo, si hay más recursos de la Fiscalía, que cuestionó la absolución de Rosell pese a que el tribunal le libró de las acusacione­s de blanqueo de capitales por falta de pruebas.

El expresiden­te del Barça puede pedir compensaci­ones millonaria­s tras casi dos años en la cárcel

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DANI DUCH Salida de Rosell de la prisión de Soto del Real el pasado 27 de febrero

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