El Estado indemnizará casos como el de Sandro Rosell
El Constitucional obliga a resarcir por la prisión sin condena
El Tribunal Constitucional (TC) dictó ayer una sentencia sobre la que llevaba meses, si no años, trabajando. Se trata de la indemnización que corresponde a los presos preventivos que luego son absueltos. La duración de la prisión previa a un juicio ha sido muy criticada en España en fechas recientes, por casos como el del expresidente del FC Barcelona, Sandro Rosell, juzgado tras pasar casi dos años en la cárcel, y finalmente absuelto por falta de pruebas. Casos como éste era difícil que llevaran a recibir algún tipo de resarcimiento. A partir de ahora, ya no será así. El Estado deberá indemnizar a quienes hayan permanecido en prisión preventiva y luego no sean condenados, probando que hayan sufrido un perjuicio por esa situación, lo cual parece muy obvio.
El asunto se planteó porque el propio Constitucional decidió que tenía que abrir una autocuestión de inconstitucionalidad. Es decir, que tenía que preguntarse si las previsiones de la ley vulneraban derechos fundamentales. Y ha resuelto que sí, que los lesionaban. El motivo es que hasta ahora sólo se indemnizaban los casos en que se acabara demostrando que el hecho por el que una persona fue condenada, no existió en realidad. El ejemplo típico es la aparición con vida de una persona a la que se creyó asesinada y por cuya supuesta muerte alguien fue condenado.
El Constitucional tenía planteada una veintena de casos de personas que pasaron determinado tiempo en prisión preventiva y que luego fueron absueltos. Todos ellos reclamaban una indemnización, después de que la administración se la denegara. Consideraban discriminatorio que pudieran obtener resarcimiento sólo aquellos expresos preventivos por hechos no sucedidos realmente, y no todos los declarados inocentes. De ahí que el TC decidiera abordar en conjunto estos casos, yendo a la raíz del problema. Es decir, no abordándolos uno por uno, sino buscando el origen del conflicto donde se encontraba, que era en las previsiones de la propia legislación.
El cambio legal no será retroactivo, no podrán solucionarse todos los casos del pasado. Hubo uno –el de Dolores Vázquez, condenada por asesinar a Rocío Wanninkhof, cuando luego se demostró con una prueba de ADN que el autor era otro– que causó gran impacto. Pero todos aquellos que aún estén en trámites de recursos, como la mencionada veintena ante el propio TC, sí serán indemnizables. La sentencia viene a emplazar en este sentido al Gobierno y el Parlamento para que den una respuesta normativa a la cuestión. Habrá que ver cómo se fijan las indemnizaciones.
En un caso como el de Sandro Rosell, pueden ser millonarias, porque durante dos años no pudo dedicarse a su actividad en el mundo de los negocios y tuvo sus cuentas bancarias y sus bienes embargados. Su letrado, Pau Molins, siempre dijo que buscarían resarcimiento. Ahora tiene un sólido punto de apoyo para hacerlo, siempre, claro está, que el fallo de la Audiencia Nacional sea confirmado por la Sala de Apelaciones de esta misma instancia, y eventualmente luego por el Supremo, si hay más recursos de la Fiscalía, que cuestionó la absolución de Rosell pese a que el tribunal le libró de las acusaciones de blanqueo de capitales por falta de pruebas.
El expresidente del Barça puede pedir compensaciones millonarias tras casi dos años en la cárcel