El TS rebaja penas por las agresiones a guardias civiles en Alsasua
La agresión a los guardias civiles de Alsasua constituyó un delito de atentado contra agentes de la autoridad, pero no fue terrorismo ni merece la agravante de discriminación, aunque esté claro que las víctimas de tal acción fueron atacadas por ser miembros del mencionado cuerpo policial. Estas son, en esencia, las conclusiones a las que ha llegado el Tribunal Supremo (TS) sobre los hechos ocurridos en un bar de la mencionada localidad navarra en octubre del 2016, durante las fiestas locales.
La eliminación de la citada agravante se ha traducido en una reducción generalizada de las penas impuestas en primera instancia por la Audiencia Nacional a los ocho jóvenes implicados en el caso, siete de los cuales están en prisión, en tres de los casos desde el 2016. Así, las condenas sitúan ahora entre 1 año y 6 meses y 9 años y 6 meses, mientras en la Audiencia Nacional fueron de 2 a 13 años de prisión. Y los hechos se mantienen calificados como constitutivos de atentado a agente de la autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas.
El Supremo ha considerado que los hechos “son execrables y reflejan una motivación abyecta en cuanto refieren que la agresión se produjo al constatar que las víctimas eran miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado”. El fallo lo vuelve a subrayar al añadir que esta “motivación preponderante de los acusados emanó de la pertenencia de parte de las víctimas al cuerpo de la Guardia Civil o su relación con esta”. Pero rechaza la agravante de reiteración porque estima que ya forma parte del tipo penal aplicado, el delito de atentado, y que apreciar dicha circunstancia de forma diferenciada supondría incurrir en una doble sanción, vulnerando la regla del non bis in idem, de no castigar dos veces una misma conducta. También se descarta que en el delito de lesiones se produjera abuso de superioridad.
La sentencia incluye, sin embargo, un voto particular de dos de los magistrados –Vicente Magro y Antonio de Moral–, quienes consideran que debió mantenerse la agravante de discriminación porque estiman que ha quedado probado que los dos guardias civiles y sus parejas fueron atacados al presumir sus agresores que tenían una “ideología” diferente, por su pertenencia a un cuerpo policial estatal.
El Gobierno navarro expresó su “respeto máximo” al fallo del Tribunal Supremo y efectuó un “llamamiento a la convivencia”. Podemos calificó la sentencia de “desproporcionada”, porque estima confirmado que los hechos no fueron terrorismo, sino “una pelea de bar”, mientras que la formación abertzale Sortu consideró comprobado que “aquí no hay justicia”.