El Constitucional avisa a Torrent y le exige que evite debates fuera de la ley
El presidente del Parlament advierte que no hará de “censor” de la Cámara catalana
El Tribunal Constitucional (TC) lanzó ayer un serio aviso al Parlament en general, y muy en particular a su presidente y a los miembros de la Mesa, en el sentido de que no cabe volver a vías unilaterales para tratar de desarrollar un supuesto derecho a la autodeterminación que la Constitución no reconoce.
La advertencia se formuló por medio de las resoluciones por las que se suspenden varios apartados de dos acuerdos adoptados por el Parlament de Catalunya en el debate monográfico de la Catalunya real celebrado a finales de julio, referidas, entre otros términos, al “derecho de autodeterminación, derechos civiles y resolución del conflicto”.
Como sucedió en la antesala del referéndum del 1-O, el TC dio orden de que su resolución se notificara personalmente y al presidente del Parlament, Roger Torrent, y a los miembros de la Mesa, como así se hizo ayer mismo. Junto a ello ordenó que se les hiciera expresa advertencia de “su obligación de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada, apercibiéndoles de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir”.
Las resoluciones fueron recurridas por el Gobierno por la vía de un incidente de ejecución de sentencia. El Ejecutivo entendió que el Parlament estaba incumpliendo un fallo anterior del propio Tribunal Constitucional por el que se anuló de forma parcial la resolución de la Cámara catalana del 11 de octubre del 2018 en el que se defendía el derecho a la autodeterminación.
En concreto, una de las dos resoluciones suspendidas ayer con notificación de apremio a Torrent y a los miembros de la Mesa se ratificaba “en la defensa del ejercicio del derecho a la autodeterminación como instrumento de acceso a la soberanía del conjunto del pueblo de Catalunya”.
Ante la reiteración en la aprobación de textos similares, habiendo sido ya anulado el anterior, el pleno del TC decidió ayer por unanimidad requerir al presidente del Parlament, a los miembros de la Mesa y al secretario general de la Cámara sobre “su obligación de abstenerse de realizar cualesquiera actuaciones tendentes
La decisión del TC, que suspende dos resoluciones, incluye una advertencia a los miembros de la Mesa
a dar cumplimiento” a los preceptos impugnados, así como subrayar “su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa, jurídica o material, que directa o indirectamente suponga ignorar o eludir” la sentencia por la que se anuló la declaración anterior.
En dicha sentencia, el TC ya dejaba claro que su propósito no era cercenar debates políticos, sino impedir, en cumplimiento de las previsiones constitucionales, que el Parlament adoptara actuaciones “fuera del ámbito de sus propias atribuciones”.
También instaba al Govern a “obtener los instrumentos propios de un Estado, desde la afirmación de Catalunya como sujeto político”, en oposición a reiterada doctrina del Constitucional en el sentido de que la soberanía reside en el conjunto del pueblo español.
La suspensión de los puntos indicados fue acordada por el