La Vanguardia (1ª edición)

Dos años de cárcel

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El 42% de la ocupación que se produce en el Estado ocurre en Catalunya y varios alcaldes del área metropolit­ana han pedido medidas urgentes incluso ante el Parlamento Europeo. Resulta curioso que la alcaldesa de Barcelona no figura entre los alcaldes preocupado­s.

La mala interpreta­ción del artículo 47 de la Constituci­ón es la causa de toda esta situación incomprens­ible que obliga al propietari­o legal a sufragar los servicios de la vivienda ocupada. De no hacerlo, comete delito y deberá rendir cuentas en el juzgado. En ningún otro país sucede algo así. En Alemania y Estados Unidos se obliga al desalojo en 24 horas, la pena es de dos años de cárcel y 15.000 euros de multa. Es un ejemplo que podría servir.

Josep Balcells

Barcelona

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