Dos años de cárcel
El 42% de la ocupación que se produce en el Estado ocurre en Catalunya y varios alcaldes del área metropolitana han pedido medidas urgentes incluso ante el Parlamento Europeo. Resulta curioso que la alcaldesa de Barcelona no figura entre los alcaldes preocupados.
La mala interpretación del artículo 47 de la Constitución es la causa de toda esta situación incomprensible que obliga al propietario legal a sufragar los servicios de la vivienda ocupada. De no hacerlo, comete delito y deberá rendir cuentas en el juzgado. En ningún otro país sucede algo así. En Alemania y Estados Unidos se obliga al desalojo en 24 horas, la pena es de dos años de cárcel y 15.000 euros de multa. Es un ejemplo que podría servir.
Josep Balcells
Barcelona