La Vanguardia (1ª edición)

Dolencia menstrual

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Nada que objetar a la propuesta de ley, aprobada en el Consejo de Ministros, en la que la dolencia menstrual incapacita­nte (real) de la mujer dé derecho a la baja laboral temporal.

Pero toda ampliación de la libertad del aborto debe ser rechazada, pues nadie que disfrute del derecho a la vida por voluntad de su propia madre tiene licencia moral para negar el mismo derecho a otro ser.

Joan Abelló Ferrer

Barcelona

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