El uso público de piscinas comunitarias puede chocar con la propiedad privada
mos de aforo, hablamos de si será gratuita o de pago, del tipo de vigilancia a la que debe responder esta piscina en función del aforo, la casuística y las características de esta piscina”, añadió. “Cada Ayuntamiento fijará los horarios, los precios, las condiciones… Lo hacemos para no interferir sus competencias municipales. Deben dar confianza a los ayuntamientos”, repitió Patrícia Plaja. Los ayuntamientos deberá apresurarse para tener las ordenanzas antes del verano.
¿Y quién asumirá el coste de los socorristas, o de qué dependerá que se tenga que pagar por la entrada en un refugio climático de una urbanización privada?, se le preguntó reiteradamente a Plaja. “Serán los ayuntamientos los que deberán llegar a acuerdos con los propietarios privados para establecer cuál es el exactamente el régimen de uso de estos refugios climáticos”, respondió.
La decisión del Govern supera la previsiones que habían hecho los ayuntamientos, que ven en esta decisión una patata caliente que añade presión sobre ellos.
Hay que tener en cuenta que los ayuntamientos, cuando presentaron su propuesta, pretendían básicamente que se catalogasen como refugios las piscinas municipales o algunas piscinas de clubs privados (para acoger las colonias de verano, por ejemplo…). También de manera muy excepcional se pensaba que si en un pueblo pequeño no hay piscina municipal y, en cambio, alberga una piscina comunitaria, se pudiera dar ese uso público. Pero tanto flexibilidad crea otros inconvenientes...
“Que los ayuntamientos tengamos que autorizar la apertura de piscinas para usos de lucro o para uso privativo de una comunidad cerrada es algo que no tiene sentido”, dice Rivas. “Eso transmite un mensaje negativo: la idea de que estamos en sequía y, sin embargo, podemos abrir piscinas con un numerus clausus de gente. No tiene ni pies ni cabeza”, sentencia Rivas.
Meritxell Budó, presidenta de la Associació Catalana de Municipis, recalcó que la apertura de piscinas privadas al público en general es una idea “que nos preocupa” pues tiene múltiples implicaciones. “Las soluciones no se pueden improvisar”, afirma la alcaldesa de La Garriga. Budó arguye que, entre otras circunstancias, se puede dar el caso de que un Ayuntamiento designe como refugio una piscina comunitaria, pero que los propietarios no acepten el acceso público. Este caso plantearía el debate de cómo respetar la propiedad privada.
“Habría que ver entonces si el interés general pasa por encima de la propiedad privada; son cuestiones que se deben calibrar muy bien”. Además, ese uso público de la piscina comunitaria plantea la necesidad de cambiar los estatutos referidos a los usos de la piscina, lo cual requeriría una reunión de los vecinos de la comunidad.
Lo que sí queda claro es que no se va autorizar la apertura de las piscinas particulares individuales. Y también está decidido que si una piscina privada (particular, comunitaria, de establecimiento turístico, como hotel o camping) no está censada como refugio, no se podrá llenar ni rellenar.c