El Govern topa el alquiler temporal y de habitaciones a días de las elecciones
Solo el arrendamiento para eventos de ocio y cultura quedará fuera de la LAU
El Consell Executiu de la Generalitat aprobó ayer un decreto ley extraordinario para regular el alquiler de temporada que hace inviable económicamente su uso en Catalunya salvo para la asistencia a eventos recreativos o culturales. El Govern ha decidido no esperar a que el grupo de trabajo del Ministerio de Vivienda acabe sus trabajos para regular este tipo de arrendamientos porque entiende que en Catalunya se ha disparado su “uso fraudulento” para evitar el control de rentas.
La consellera de Territori, Ester Capella, explicó en la rueda de prensa del Consell Executiu que la Generalitat introducir· un nuevo artículo en la ley de Vivienda de Catalunya del 2007, que establecer· que los arrendamientos suscritos por motivos profesionales, laborales, de estudios, para recibir asistencia médica o en momentos de transición hasta acceder a una vivienda habitual se considerar·n arrendamientos ordinarios de vivienda, con independencia de su duración, sujetos a la ley de Arrendamientos Urbanos (LAU),
y en el caso de Catalunya, si est·n ubicados en zonas tensionadas, al control de rentas.
La consellera explicó que el decreto regula también la renta m·xima del alquiler de habitaciones, al establecer que el alquiler de todos los elementos de la vivienda no podr· superar el precio m·ximo fijado por la ley para el alquiler de la vivienda completa.
En España no hay hasta el momento ninguna regulación del alquiler por habitaciones, y el de temporada est· excluido de la
LAU: se rige por el Código Civil y se dejan sus condiciones al pacto libre entre las partes.
Fuentes del mercado inmobiliario explicaron que los arrendamientos de media estancia o por habitaciones tienen un coste adicional para el propietario, por los periodos de desocupación entre los distintos inquilinos. Adem·s, requieren m·s gestión para realizar múltiples contratos y m·s inversión en mantenimiento para adecuar el espacio al nuevo ocupante, por lo que solo tienen sentido económico para el propietario con rentas m·s elevadas que los de larga estancia. Según los representantes del sector, con la nueva normativa desaparecer·n.
El decreto ley entrar· en vigor al día siguiente de su publicación en el DOGC, esta misma semana, aunque habr· de ser convalidado por la diputación permanente del Parlament en un plazo m·ximo de 30 días. Fuentes del Departament de Territori explicaron que los grupos parlamentarios tendr·n tres días desde su entrada en vigor para pedir un dictamen al Consell de Garanties Estatutàries, que a su vez tendr· 12 días h·biles para emitirlo, y podría convalidarse entonces en la siguiente reunión de la diputación permanente. A su juicio, podría convalidarse antes de las elecciones. Si no se convalidara, quedaría sin efecto.
El Govern aprueba el decreto en vísperas de que comience la
El alquiler por periodos cortos a estudiantes o profesionales tiene un mayor coste, y el sector cree que desaparecerá
El decreto, no pactado con otros grupos, entra ya en vigor, pero en 30 días decaerá si no lo convalida el Parlament
campaña electoral. Portavoces de la conselleria reconocieron que el decreto no cuenta con el apoyo del PSC, necesario para lograr su convalidación, pero se mostraron convencidos de conseguirlo aunque la medida deja en la pr·ctica sin contenido la mesa de trabajo del Ministerio de Vivienda. Para lograr su apoyo, el decreto incluye la rebaja del 10% al 5% de las fianzas que retiene el Incasòl para devolver a los propietarios, para poder destinar esos fondos a cumplir el acuerdo que alcanzaron la Generalitat y el Ayuntamiento de Barcelona para financiar la construcción de 600 viviendas de alquiler asequible en la ciudad.
El decreto también amplía el derecho de tanteo y retracto de la Generalitat a todas las ventas de inmuebles que sean propiedad de empresas grandes tenedoras y que se realicen en zonas tensionadas, cuando hasta ahora lo tenía solo en inmuebles que procedían de ejecuciones hipotecarias.
El decreto fija también un régimen sancionador, que puede llegar hasta los 900.000 euros, por incumplir los requisitos de la ley estatal de vivienda que permiten aplicar el control de rentas. La falta de régimen sancionador dejaba en una situación precaria a los inquilinos ante el incumplimiento de la ley, puesto que solo podían reclamar ante los tribunales. Ahora, en cambio, tanto la Generalitat como los entes locales podr·n establecer sanciones administrativas si se incumple la ley.c