La amnistía fiscal
En el siglo XVII el comercio con las Indias se realizaba en expediciones bianuales con la protección de la Armada por causa de la piratería. La gran corrupción reinante hizo que otros buques se sumaran por su cuenta a este comercio sin poseer licencia para ello. Enterado el gobierno de este hecho, a la postre, no se le ocurrió otra cosa que imponer a estos buques ¡un impuesto sobre los beneficios! Sin sancionarlos por la ilegalidad. Se trataba de un Estado en descomposición económica y ética, que permitía los delitos.
Y hemos llegado hoy día, después de los años, a una parecida situación: nuestro Gobierno emitió un decreto en el 2012 que ofrecía una jugosa oportunidad de regularización de capitales a los defraudadores. Y un número apreciable de ellos se han acogido a él.
La reciente sentencia de nuestro peculiar Tribunal Cons- titucional sobre dicho decreto no tiene desperdicio. Por una parte, declara inconstitucional el decreto, es decir fuera de la ley. Pero, por otra, la misma sentencia no anula los efectos del ilegal decreto sino que permite, tolera, admite e incluso bendice los inmorales efectos del ilegal decreto.
Queda pues claro que la Constitución puede ser gratuitamente vulnerada con el sumiso beneplácito de su guardián.
ANTONIO FITÉ ROVIRA
Sant Cugat del Vallès