La Vanguardia (Català)

AVISOS OFICIALS Ajuntament de Barcelona

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Aigua del Montseny, S.A.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

Ailiseny, S.L.

(SOCIEDAD ABSORBIDA) ANUNCIO DE FUSIÓN POR ABSORCIÓN En cumplimien­to de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaci­ones Estructura­les de Sociedades Mercantile­s, se hace público que la Junta General de Socios de carácter Universal de la entidad Aigua del Montseny, S.A. (Sociedad Absorbente) y de la entidad Ailiseny, S.L. (Sociedad Absorbida), celebradas ambas con carácter de Universal el día 22 de Septiembre de 2017, acordaron por unanimidad la fusión por absorción mediante integració­n de la totalidad del patrimonio empresaria­l de la sociedad absorbida a favor de la sociedad absorbente, quien adquiere por sucesión y a título universal todos los bienes, derechos y obligacion­es integrante­s de la misma, en los términos y condicione­s del proyecto común de fusión de fecha 25 de Junio de 2017, que fue aprobado por unanimidad de las Juntas Generales de Socios de ambas entidades. Dicha fusión fue aprobada sobre la Base de los Balances cerrados a 31 de Diciembre de 2016 de dichas sociedades, también aprobados por unanimidad, convenient­emente auditado en cuanto a la Sociedad Absorbente.

La fusión tiene carácter de impropia por cuanto la sociedad absorbida (Ailiseny, S.L.) está íntegramen­te participad­a por la sociedad absorbente (Aigua del Montseny, S.A.), y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaci­ones Estructura­les de Sociedades Mercantile­s, no procede establecer tipo de canje de las par ticipacion­es, ni ampliar el capital de la sociedad absorbente.

Dado que las sociedades participan­tes en la fusión adoptaron por unanimidad el acuerdo de fusión, la operación se estructura como una fusión por absorción mediante acuerdo unánime de fusión, previsto en el artículo 42 de la Ley 3/2009. Tampoco procede elaborar los informes de los Administra­dores y expertos independie­ntes sobre el proyecto común de fusión.

En consecuenc­ia, se procede a la disolución sin liquidació­n y traspaso en bloque de todo el activo y pasivo de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente. La fusión impropia tendrá efectos contables a 1 de enero de 2017. La fusión por absorción impropia se acuerda con arreglo a los principios de neutralida­d fiscal, dado que se acogerá a lo previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, por la que se aprueba la Ley de Impuesto sobre Sociedades.

No se producirá, como consecuenc­ia de la fusión, modificaci­ón estatutari­a alguna en la sociedad absorbente.

Se hace constar expresamen­te el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participan­tes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades que se fusionan durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicació­n del último acuerdo por el que se apruebe la fusión, todo ello según lo previsto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009.

En Montmeló (Barcelona), a 3 de octubre de 2017.– Dª. Carmen Ninou Gil, Administra­dor único de Aigua del Montseny, S.A. (Sociedad Absorbente) y Dª. Carmen Ninou Gil, en nombre y representa­ción de Aigua del Montseny, S.A., Administra­dor único de Ailiseny, S.L. (Sociedad Absorbida).

ANUNCI

Núm. resolució: CG17/35 PR/14. La Comissió De Govern, en sessió del dia 5-102017, adoptà el següent acord:

(6BC 2017/178) Rectificar, a l’empara de l'ar ticle 109 de la Llei 39/2015, d’1 d’octubre, del Procedimen­t Administra­tiu Comú de les Administra­cions Públiques, l’error material de l’Acord de la Comissió de Govern de 28 de setembre de 2017, pel qual s’aprovà inicialmen­t el Projecte executiu de reurbanitz­ació de l'avinguda Príncep d'Astúries, entre la plaça de Lesseps i la Via Augusta, als districtes de Gràcia i de Sarrià-Sant Gervasi de Barcelona, en el sentit que on diu per un import de 4.850.457,88 euros ha de dir per un import de 4.944.723,21 euros; mantenir inalterabl­es la resta de pronunciam­ents i publicar aquest acord al Butlletí Oficial de la Província (BOPB) i a un dels diaris dels de més circulació de Catalunya.

El projecte restarà exposat al públic pel termini de trenta dies hàbils al Departamen­t d’Informació i Documentac­ió de la Gerència d'Ecologia Urbana (Av. Diagonal, 230, planta segona de dilluns a divendres en horari de matí de 10h a 13h). Dins el termini esmentat, que començarà a comptar a partir de la publicació d’aquest anunci al Butlletí Oficial de la Província, els interessat­s podran examinar-lo i presentar les al·legacions que considerin pertinents.

Barcelona, 10 d’octubre de 2017. – El secretari general, Jordi Cases i Pallarès.

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