Estrategia en patentes, ¿para qué?
En España los particulares presentaron más solicitudes nacionales que las empresas en el 2013
Que en un país los particulares presenten más solicitudes de patentes nacionales que las empresas, indica que algo no acaba de funcionar. Que el primer solicitante español de patentes internacionales sea el CSIC, nos dice más de lo mismo. Que sólo dos empresas del Ibex 35 (Telefónica y Arcelor Mittal) presenten más de diez solicitudes internacionales y que nuestra primera solicitante –Telefónica– ocupe el lugar 377.º en el mundo, lleva a preguntarse cómo se materializa el I+D que realizan nuestras compañías. Y, por último, que haya ocho empresas en el mundo –Panasonic, ZTE, Huawei, Qualcomm, Intel, Sharp, Bosch y Toyota– que, por separado, cada una de ellas presente más solicitudes de patentes internacionales que toda España, cierra el círculo poco virtuoso que tenemos en esta materia, por otro lado crucial. Entonces, uno se pregunta, ¿a que viene tanto interés en la innovación y la internacionalización de la empresa, si luego no rematamos con la patente? ¿Por qué se habla tan poco de ello?
Falta algo en el engranaje de nuestras organizaciones. Lo ha estudiado bien Gian-Luis Ribechini Creus, ingeniero industrial y profesor de la OBS, Online Business School, donde acaba de presentar el estudio El sistema de patentes 2014, que analiza cuáles son las tendencias de los diversos tipos de solicitu-
¿Por qué no se da una retribución extra al empleado innovador cuya invención acaba en patente?
des de patentes que se realizan, tanto en España –global y por autonomías– como en Europa y las principales economías del mundo. “Las inversiones en marketing se consideran fundamentales, pero la protección del producto no se realiza”, dice. Tiene razón, porque hoy el valor de los intangibles puede llegar a ser superior al de los activos materiales. Una máquina se convierte en cha- tarra, pero una patente se pueden negociar. Kodak, por ejemplo, rentabilizó con la venta de una parte de la cartera de patentes su proceso de “insolvencia”.
Hay un aspecto que destaca Ribechini, es la necesidad de que el redactado de la patente sea muy ajustado a lo que se necesita. Y advierte: “habitualmente, una patente que te sale muy barata te protege menos que una que está muy bien hecha. Eso es lo que se debe exigir siempre”.
De todos modos, admite que aquí nos falta una mayor cultura en patentes, “por que no sabemos el potencial que tienen. Una patente permite plantar cara a una multinacional, tenemos buenos ejemplos de ello y bien recientes. Sin embargo, parece como si cayeran en saco roto”, prosigue. Se refiere al caso de la catalana Fractus, un David frente al Goliath multinacional Samsung, que es aleccionador. Un tribunal de Texas ha dado la razón recientemente a Fractus y ha ordenado una indemnización a su favor de 41 millones de dólares.
Otro de los frenos habituales que cita para no hacer una patente, es la típica consideración por parte del empresario de que “no sirve para nada”. “Muchas veces se piensa que haciendo un pequeño cambio en el producto ya no sirve la patente. Y se equivocan, si sucede eso es que no se ha redactado bien”. añade.
Y el tercer aspecto que plantea es que hay pocos incentivos individuales. “Si queremos un cambio de modelo en este país, para mi es imprescindible que se retribuya al innovador en función del beneficio que aporte a la empresa. Si se da comisión a un vendedor y un variable a un directivo, ¿por que no se da al innovador? En Alemania lo hacen y les funciona muy bien, precisamente la ley de Patente del Empleado es uno de sus activos más importantes, porque tiene muy motivados a los empleados”. Por contra, la ley de Patentes en España dice que el empleado-inventor no tiene derecho a remuneración complementaria por la patente. Es fá- cil suponer que un incentivo haría que la plantilla presionara para realizar patentes. Precisamente el interés del inventor –que ve el negocio que puede hacer– es uno de los motivos que aduce para explicar por qué en España hay más solicitudes de particulares que de empresas...
En estos momentos, “la ley de Patentes en España está en proceso de revisión, concretamente a nivel de anteproyecto. El reciente dictamen del Consejo Económico y Social ha recomendado este incentivo, por lo que habrá que esperar a ver que pasa en el trámite parlamentario”, dice.
Pero si fallan los incentivos individuales, no sucede así con los fiscales. El año 2007 se incorporó al impuesto de sociedades en su artículo 23, “Reducción de ingresos procedentes de determinados activos intangibles”, un incentivo que consiste en una reducción del 60% en la base imponible de las rentas procedentes de la cesión del derecho de uso o de explotación de patentes y otros activos intangibles. Ribechini ve en ello una posibilidad a tener en cuenta. “Puede ser una alternativa a la internacionalización, para las empresas que no tengan capacidad para ir a otro país o cuyos productos sean muy caros de transportar. Se cede la patente y se desgravan los royalties...”