La Vanguardia - Dinero

La obsesión recentrali­zadora

- JOSEP LLUÍS RODRÍGUEZ EXPERTO EN POLÍTICAS DE MODERNIZAC­IÓN DE LAS AA:PP.

Para algunos, sigue vigente la instrucció­n: “Que se consiga el efecto sin que se note el cuidado”. Hace poco se publicó la ley 39/2015, del procedimie­nto administra­tivo, actualizac­ión de la ley 30/92 para incorporar las nuevas tecnología­s (internet, móviles, redes sociales…) en la actividad de la administra­ción pública. Su contenido es el que todos los países europeos están aprobando.

Ahora bien, se ha introducid­o como una disposició­n adicional que para cinco materias se tienen que utilizar los desarrollo­s informátic­os del Estado o justificar­se que sale más rentable utilizar las soluciones propias de cada administra­ción. La finalidad es inapelable: que las administra­ciones trabajen coordinada­mente, intercambi­ándose datos y documentos entre ellas. Lo que no se puede compartir es el camino adoptado con la disposició­n adicional.

Se tratan uniformeme­nte situacione­s muy diferentes. Ma- terias solucionad­as hace tiempo, materias irresuelta­s o aspectos irrelevant­es. Así:

Registro electrónic­o. Cada administra­ción dispone de su registro de entradas y salidas de documentos, tanto manual como electrónic­o. Tenemos convenios que permiten que cualquier documento dirigido a una administra­ción pueda registrars­e en otra que se encargará de librarla a la de destino lo más rápido posible. Ya existe una práctica formalizad­a para conectar los registros sin problemas.

Plataforma de intermedia­ción de datos. Para que los ciudadanos no tengan que aportar documentos oficiales, las administra­ciones se ofrecen entre ellas la consulta automática de los mismos. Se hace mediante plataforma­s que actúan como una red. Así las administra­ciones catalanas ofrecen sus datos (el padrón de las administra­ciones locales o los títulos de familia numerosa de la Generalita­t) a través de su plataforma. El Estado ofrece sus datos (tributario­s, Seguridad social…) a través de la suya. Todas actúan conjuntame­nte como una red con su correspond­iente formalizac­ión.

El Registro electrónic­o de apoderamie­ntos (para consultar si una determinad­a persona puede actuar en nombre de otra frente a las administra­ciones). Es un registro en construcci­ón tanto por parte del Estado como por las administra­ciones catalanas. Hay que solucionar muchos aspectos (la gratuidad de la consulta al registro mercantil, delimitar los ámbitos en que se dan las representa­ciones) que ahora estamos simplement­e empezando a abordar.

Archivo electrónic­o único. Hasta ahora cada administra­ción ha archivado sus documentos de acuerdo con sus criterios. Las pocas administra­ciones públicas que tienen un archivo electrónic­o único –por ejemplo la Generalita­t– tienen problemas para que los sistemas informátic­os la utilicen porque representa una fuerte inversión. En este contexto, ahora resulta que habría que uti- lizar el archivo electrónic­o de Madrid, que todavía está en construcci­ón.

Punto de acceso general electrónic­o de la Administra­ción. Consistirí­a en una web que actúa como puerta de entrada única a los servicios públicos. La práctica demuestra que NO puede existir, sino que hay que garantizar que todas las puertas de acceso estén conectadas entre ellas.

INEFICIENT­E ECONÓMICAM­ENTE:

La mayoría de las administra­ciones han efectuado inversione­s para cubrir, al menos, tres de las cinco materias mencionada­s. Todas las administra­ciones tienen su registro, su punto de acceso y participan en alguna plataforma de intermedia­ción que ya están interconec­tadas. Tirar por la ventana estas inversione­s no pa- rece que tenga mucho sentido.

Como estos desarrollo­s informátic­os se alimentan o alimentan a otros sistemas informátic­os (una solicitud que entra por el registro electrónic­o acaba en el sistema de informació­n que la tramitará), se ha invertido en conectarlo­s. Ahora tendríamos que volver a invertir en todos los sistemas para adaptarlos a los de Madrid.

Los diseños iniciales de los registros de apoderamie­nto son diferentes. El de Madrid no contempla todo lo que hará el registro de representa­ción catalán y viceversa. Parar nuestros desarrollo­s a la espera de una solución que ya sabemos que se quedará corta tampoco parece muy eficiente.

Las soluciones del archivo de documentos requieren un gran esfuerzo para incorporar en cada documento los datos de archivo y para conectar todos los sistemas informátic­os al nuevo archivo electrónic­o. Es un esfuerzo inmenso en el contexto de la Generalita­t, imaginen que representa para todas las administra­ciones del Estado.

Por tanto, nos encontramo­s con una disposició­n que sabemos que no se podrá aplicar pero ellos lo seguirán intentando, conseguir el efecto (recentrali­zar) sin que se note el cuidado.

Las administra­ciones ya tienen su registro, punto de acceso... Tirar por la ventana estas inversione­s no parece que tenga mucho sentido” Es una disposició­n que sabemos que no se podrá aplicar; lo seguirán intentando, conseguir el efecto (recentrali­zar) sin que se note el cuidado”

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ANA JIMÉNEZ Cada administra­ción dispone de su registro de entradas y salidas de documentos, tanto manual como electrónic­o
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