La obsesión recentralizadora
Para algunos, sigue vigente la instrucción: “Que se consiga el efecto sin que se note el cuidado”. Hace poco se publicó la ley 39/2015, del procedimiento administrativo, actualización de la ley 30/92 para incorporar las nuevas tecnologías (internet, móviles, redes sociales…) en la actividad de la administración pública. Su contenido es el que todos los países europeos están aprobando.
Ahora bien, se ha introducido como una disposición adicional que para cinco materias se tienen que utilizar los desarrollos informáticos del Estado o justificarse que sale más rentable utilizar las soluciones propias de cada administración. La finalidad es inapelable: que las administraciones trabajen coordinadamente, intercambiándose datos y documentos entre ellas. Lo que no se puede compartir es el camino adoptado con la disposición adicional.
Se tratan uniformemente situaciones muy diferentes. Ma- terias solucionadas hace tiempo, materias irresueltas o aspectos irrelevantes. Así:
Registro electrónico. Cada administración dispone de su registro de entradas y salidas de documentos, tanto manual como electrónico. Tenemos convenios que permiten que cualquier documento dirigido a una administración pueda registrarse en otra que se encargará de librarla a la de destino lo más rápido posible. Ya existe una práctica formalizada para conectar los registros sin problemas.
Plataforma de intermediación de datos. Para que los ciudadanos no tengan que aportar documentos oficiales, las administraciones se ofrecen entre ellas la consulta automática de los mismos. Se hace mediante plataformas que actúan como una red. Así las administraciones catalanas ofrecen sus datos (el padrón de las administraciones locales o los títulos de familia numerosa de la Generalitat) a través de su plataforma. El Estado ofrece sus datos (tributarios, Seguridad social…) a través de la suya. Todas actúan conjuntamente como una red con su correspondiente formalización.
El Registro electrónico de apoderamientos (para consultar si una determinada persona puede actuar en nombre de otra frente a las administraciones). Es un registro en construcción tanto por parte del Estado como por las administraciones catalanas. Hay que solucionar muchos aspectos (la gratuidad de la consulta al registro mercantil, delimitar los ámbitos en que se dan las representaciones) que ahora estamos simplemente empezando a abordar.
Archivo electrónico único. Hasta ahora cada administración ha archivado sus documentos de acuerdo con sus criterios. Las pocas administraciones públicas que tienen un archivo electrónico único –por ejemplo la Generalitat– tienen problemas para que los sistemas informáticos la utilicen porque representa una fuerte inversión. En este contexto, ahora resulta que habría que uti- lizar el archivo electrónico de Madrid, que todavía está en construcción.
Punto de acceso general electrónico de la Administración. Consistiría en una web que actúa como puerta de entrada única a los servicios públicos. La práctica demuestra que NO puede existir, sino que hay que garantizar que todas las puertas de acceso estén conectadas entre ellas.
INEFICIENTE ECONÓMICAMENTE:
La mayoría de las administraciones han efectuado inversiones para cubrir, al menos, tres de las cinco materias mencionadas. Todas las administraciones tienen su registro, su punto de acceso y participan en alguna plataforma de intermediación que ya están interconectadas. Tirar por la ventana estas inversiones no pa- rece que tenga mucho sentido.
Como estos desarrollos informáticos se alimentan o alimentan a otros sistemas informáticos (una solicitud que entra por el registro electrónico acaba en el sistema de información que la tramitará), se ha invertido en conectarlos. Ahora tendríamos que volver a invertir en todos los sistemas para adaptarlos a los de Madrid.
Los diseños iniciales de los registros de apoderamiento son diferentes. El de Madrid no contempla todo lo que hará el registro de representación catalán y viceversa. Parar nuestros desarrollos a la espera de una solución que ya sabemos que se quedará corta tampoco parece muy eficiente.
Las soluciones del archivo de documentos requieren un gran esfuerzo para incorporar en cada documento los datos de archivo y para conectar todos los sistemas informáticos al nuevo archivo electrónico. Es un esfuerzo inmenso en el contexto de la Generalitat, imaginen que representa para todas las administraciones del Estado.
Por tanto, nos encontramos con una disposición que sabemos que no se podrá aplicar pero ellos lo seguirán intentando, conseguir el efecto (recentralizar) sin que se note el cuidado.
Las administraciones ya tienen su registro, punto de acceso... Tirar por la ventana estas inversiones no parece que tenga mucho sentido” Es una disposición que sabemos que no se podrá aplicar; lo seguirán intentando, conseguir el efecto (recentralizar) sin que se note el cuidado”