La Vanguardia - Dinero

La morosidad de los ayuntamien­tos

- Una fábrica de residuos

Se estima que el porcentaje de tejidos que son reciclados en el

mundo no llega ni al

En 1887, el alcalde de Barcelona, Francesc de Paula Rius i Taulet, se encontró con que el gran proyecto de la Exposición Universal se había paralizado por falta de financiaci­ón. El alcalde decidió asumirlo con cargo al presupuest­o de la ciudad. Ante las reticencia­s de varios concejales y funcionari­os municipale­s provocadas por el colosal gasto que suponía para las arcas municipale­s y el endeudamie­nto para el Ayuntamien­to, Rius i Taulet pronunció una frase lapidaria: “Hágase lo que se deba y débase lo que se haga”.

Consecuent­emente, el plan siguió adelante. La Exposición Universal fue un éxito y colocó a la ciudad en la primera división de las urbes mundiales. Ahora bien, la tesorería municipal quedó muy endeudada. La máxima de Rius i Taulet sentó las bases del comportami­ento futuro de los ayuntamien­tos y creó escuela entre los políticos que hoy en día continúan aplicando su doctrina. Prueba de ello es que Hacienda ha identifica­do una lista de 1.640 municipios y 670 entidades dependient­es que tienen un plazo medio de pago a proveedore­s muy superior al límite legal de 30 días que establece la ley; algunos tienen periodos de pago que superan los mil días.

Por otro lado, la Central de Informació­n Económico-Financiera de las Administra­ciones Públicas puso de manifiesto que la administra­ción local paga en promedio a 63 días, mientras que la central lo hace a 29 y las comunidade­s autónomas a 27. Para paliar esta situación, hace unas semanas el Gobierno puso en marcha un mecanismo extraordin­ario que permitirá pagar de forma más ágil a los proveedore­s de las entidades locales y cancelar las obligacion­es pendientes de pago más antiguas. Este instrument­o de financiaci­ón viene regulado en la ley de Presupuest­os Generales del Estado para el 2022 y se ha materializ­ado a través de una resolución emitida el pasado 7 de enero por la Secretaría General de Financiaci­ón Autonómica y Local, dependient­e del Ministerio de Hacienda. Para posibilita­r a los proveedore­s el cobro de sus facturas por este cauce, la norma obliga a las corporacio­nes locales a comunicar sus facturas pendientes anteriores a 1 de julio del 2021 y a adherirse al Fondo de Financiaci­ón a Entidades Locales, a través del que se efectuará directamen­te el pago.

No es obligatori­o que los proveedore­s y contratist­as de las corporacio­nes locales se acojan a este plan de pagos; si lo hacen se les garantiza que podrán cobrar sus facturas más antiguas a finales de mayo. Ahora bien, este mecanismo tiene un serio inconvenie­nte para los acreedores: si aceptan deben renunciar al cobro de los intereses de demora devengados, que son del 8%, y a la indemnizac­ión por los gastos provocados por la morosidad. En cambio, si los acreedores prefieren no renunciar a estos intereses pueden optar por no acogerse al plan de pagos y esperar pacienteme­nte a que el ayuntamien­to algún día les pague.

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Socio director de Brachfield & Asociados Abogados
Endeudamie­nto Rius i Taulet pronunció una frase lapidaria que sentó cátedra: “Hágase lo que se deba y débase lo que se haga”
La gran revolución se da en las plataforma­s en línea para la compravent­a de ropa usada Socio director de Brachfield & Asociados Abogados Endeudamie­nto Rius i Taulet pronunció una frase lapidaria que sentó cátedra: “Hágase lo que se deba y débase lo que se haga”

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