La Vanguardia - Dinero

Cuando el heredero no aparece

La gestión de bienes se complica en casos donde no se da con el designado, situación que más de uno no desea

- Luis Federico Florio

Las herencias son mares de casuística­s. Están las que se hacen con testamento y sin mayores problemas. Pero también las que obligan a investigar al no dar señales de vida los herederos designados, o porque han fallecido y hay que trazar la linea sucesoria. O las que directamen­te son un quebradero de cabeza al no haber testamento. En estos últimos casos entran en juego especialis­tas que dan con quién tiene el derecho a recibir los bienes. En última instancia, además, siempre puede acabar en manos públicas.

Para buscar herederos que no aparecen o cuando no hay testamento, entra en juego la genealogía sucesoria. Trata no tanto la pista de la sangre (quién viene de quién) sino cómo se transmite el derecho hereditari­o. “Se solicita cuando surgen problemas. Lo hacen administra­dores de fincas o patrimonio, abogados, notarios, algunas administra­ciones...”, explica Marco Lamberti, director en España de Coutot-Roehrig, firma especializ­ada en este campo. Se hace por ejemplo cuando se divide una herencia en tres personas y una está en paradero desconocid­o. “Normalment­e no se reparte si no está”, dice LamPara berti, por lo que “se intenta hacer todo lo posible para dar con él”, empezando a rastrear registros por el país y luego en el planeta.

Otro escenario es que no haya testamento –el 70% de los 700 expediente­s gestionado­s por CoutotRoeh­rig no tienen– y se deba indagar para hallar a los herederos y aplicar lo que marca la ley. En España la prevalenci­a va por grados: primero los descendien­tes, luego los ascendient­es, el cónyuge y más abajo colaterale­s (hermanos, tíos, sobrinos, primos).

“Si no aparecen, las herencias no se pierden. Siempre hay alguien que puede adjudicárs­ela. Si al final no hay nadie que la acepte, el Estado o la autonomía tiene derecho a hacerlo, y lo hace”, apunta Leonardo Cárdenas, socio fundador de AGM Abogados. De suceder el paso a manos públicas y luego descubrirs­e o aparecer un heredero, se puede revertir con la devolución del bien o con una compensaci­ón. “Si se está en el plazo de reclamació­n y localizamo­s a una persona con derecho hereditari­o, lo hacemos. Lleva su tiempo, es complejo porque la Administra­ción suele tardar más en contestar”, expone Lamberti.

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