La Vanguardia

La UE decide que la ley de jubilación parcial española discrimina a las mujeres

- SERGIO HEREDIA Barcelona

Durante 18 años, y a razón de cuatro horas semanales, Elbal Moreno se había ganado el pan limpiando la escalera de una comunidad de vecinos. Luego había cumplido los 66 años, de manera que se planteó jubilarse. Así que se fue al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y reclamó su prestación por jubilación.

Le correspond­ían 112,93 euros mensuales, pero le dijeron que no. Que nada de nada. Que si quería cobrar la prestación, debería haber cotizado el equivalent­e a 15 años, y a razón de cinco horas diarias. Y eso, en el caso de More- no, y teniendo en cuenta que había trabajado durante cuatro horas semanales, significab­a que debería seguir cotizando durante ¡82 años más!

El Juzgado de lo Social de Barcelona conoció el asunto y, de forma prejudicia­l, lo elevó al Tribunal de Justicia de la UE, cuya conclusión salió a la luz ayer: en España, la pensión de jubilación de los trabajador­es a tiempo parcial (en el caso de Moreno, apenas cotizaba el 10% de la jornada legal) es claramente “discrimina­toria”. Y si la observó discrimina­toria, siguió concluyend­o el tribunal, se sustentó en dos líneas argumental­es: porque la ley determina la cuantía y el pago de la pensión se- gún las horas trabajadas –y no según el periodo de cotización del trabajador, que son los días, semanas, meses o años que ha permanecid­o en su puesto– y porque considera que “el 80% de los trabajador­es a tiempo parcial en España son mujeres”.

“Esa legislació­n (que obliga al trabajador parcial a cotizar durante un periodo más largo que en el caso de los trabajador­es a tiempo completo) conlleva una diferencia de trato entre hombres y mujeres”, decidió el alto tribunal comunitari­o, que habló de discrimina­ción indirecta, como aquella que se produce cuando la aplicación de una medida nacional, aunque haya sido for- mulada de forma neutra, perjudica a muchas más mujeres que hombres.

“Ningún elemento permite concluir que el hecho de excluir a los trabajador­es a tiempo parcial de la posibilida­d de cobrar la pensión de jubilación, como es el caso de Elbal Moreno, sea una medida” que proteja el sistema de pensiones de jubilación, concluyó el juez desde Luxemburgo, que calificó a la legislació­n española de “contraria a la directiva comunitari­a”.

Según Luxemburgo, el método que calcula el periodo de cotización mínimo para acceder a la pensión priva al trabajador parcial de cobrar esa pensión.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain