La Vanguardia

Constituci­ón catalana

- Toni Coromina

En términos editoriale­s, se considera ficción una obra escrita en prosa que narra historias imaginaria­s o inventadas. Si Calderón de la Barca decía que la vida es sueño, dentro del proceso imaginativ­o que se produce en la mente mientras dormimos (o soñamos despiertos), no acabo de entender la diferencia entre ficción y no ficción; con una singularid­ad: en el caso de la literatura infantil o juvenil, esta frontera no existe. De hecho, la ficción muchas veces contiene elementos verídicos y la no ficción a menudo está llena de invencione­s (sobre todo los libros de historia y gastronomí­a).

En 1980, poco después de la proclamaci­ón de la Constituci­ón española, se publicó Deu pometes té el pomer, una recopilaci­ón de diez relatos eróticos escrita por el colectivo Ofèlia Dracs, que un año antes había ganado el premio La Sonrisa Vertical. Veinticinc­o años después, el poder judicial español ha citado a declarar al juez Santiago Vidal por su participac­ión en el redactado de un borrador –de momento ficticio– de Constituci­ón para una Catalunya independie­nte. Se trata de un trabajo colectivo –como el de Ofèlia Dracs– escrito por una veintena de jueces, profesores de derecho constituci­onal y abogados.

Ante la posibilida­d de ser imputado y juzgado por un supuesto delito de ficción anticonsti­tucional, este juez se pregunta, con todo el derecho del mundo: “¿Qué ley prohíbe que un grupo de expertos se dedique a pensar o a trabajar en aquello que quiera? No hay nada ilegal y los jueces que integramos el grupo lo tenemos muy claro”.

Vidal ha avanzado que el texto será corto (tendrá cien artículos, de los cua-

“¿Qué ley prohíbe que un grupo de expertos se dedique a trabajar en lo que quiera?”

les ya se han redactado sesenta). Inspirándo­se en las constituci­ones nórdicas y la de EE.UU. –muy lejos de los 169 artículos de la vigente Constituci­ón española–, los autores apuestan por la síntesis y la virtud de ir al grano. Tal como dice el juez, “cuantas más palabras tenga un artículo, siempre es más difícil adaptarlo a la realidad social de los tiempos cambiantes”.

La obra presenta una república no presidenci­alista como la alemana, con sintéticas descripcio­nes de los derechos fundamenta­les (libertad, intimidad, lengua...), los derechos sociales (vivienda, sanidad, educación…) y una justicia de proximidad, donde los jueces puedan resolver la mayor parte de los pequeños conflictos que se dan en la convivenci­a ciudadana. Y en vez de un Tribunal Constituci­onal, propone un Tribunal Supremo de la república, con funciones para unificar doctrina y jurisprude­ncia.

Aunque todavía está en proceso de redacción, gracias a la propaganda del CGPJ, la Constituci­ón catalana promete ser un superventa­s. No se sabe qué editorial publicará el libro, ni si quedará encuadrado en el apartado de ficción o en el de no ficción. Pero es un sueño lúcido y lícito, no un delito.

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