Derecho al olvido
EL Tribunal de Justicia de la UE ha dictaminado que los ciudadanos tienen derecho a solicitar a los buscadores de internet, como Google, Bing o Yahoo, que eliminen de sus resultados de búsqueda informaciones ciertas y publicadas que puedan perjudicarlos. La resolución judicial europea advierte que esas reclamaciones deberán ser dirimidas caso por caso y evita así dictar un criterio general para que el pretendido derecho al olvido no comprometa el derecho universal a la libertad de información.
Aunque habrá que esperar cómo se acaba aplicando, la sentencia apunta directamente a los buscadores como primeros responsables del tratamiento de los datos de carácter personal, en contra de lo que sostenían desde Google, donde se defendía que la responsabilidad última debía recaer sobre los medios de comunicación que habían publicado la información cuestionada. La resolución judicial determina que los buscadores deberán atender las solicitudes de los ciudadanos, por lo que les otorga, en primera instancia, el poder de decisión ante una petición de eliminación de un enlace hacia un determinado contenido digital. No obstante, el dictamen deja claro que gigantes como Google no pueden quedar al margen de las normas que velan por la protección de datos. Por eso, la Agencia de Protección de Datos o los tribunales de justicia serán los que, en última instancia, determinarán cómo tendrán que proceder estos buscadores ante las reclamaciones.
Una de las principales características de internet es que la información fluye fácilmente y está interconectada. De esta forma, todo lo que se publica en la red es susceptible de encontrarse y difundirse masivamente. La sentencia del tribunal europeo es consciente de esta capacidad hasta tal punto que recuerda que antes de la existencia de internet era casi imposible acceder a ciertos datos personales. Esta nueva circunstancia no sólo afecta a los medios de comunicación, sino también a las administraciones públicas que difunden en la red informaciones que atañen a personas o empresas a través de los boletines oficiales. Precisamente, la publicación de un edicto de embargo por deudas a la Seguridad Social ha desencadenado la reclamación al derecho al olvido y la resolución judicial de ayer.
En España hay más de 220 casos de peticiones del derecho al olvido en internet que están pendientes de ejecución y que esperan la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE para resolverlas. Muchas de estas solicitudes se refieren a cuestiones relacionadas con pasados delictivos cuyas condenas se han cumplido y sus protagonistas reclaman que desaparezcan de los buscadores para que no influyan negativamente en su reinserción social.
¿Hasta qué punto la sociedad tiene derecho a saber el pasado delictivo o ilícito de un ciudadano? En este sentido, son conocidas las iniciativas sociales de publicar listas de condenados por delitos como la pederastia o la violencia machista. Para estos casos, la resolución judicial señala que habrá que buscar un equilibrio y propone que no se eliminen los antecedentes en la red siempre que la información tenga relevancia porque la persona afectada ejerza un cargo público o aspire a él. Es un criterio, pero cada caso tendrá su especificidad y estará sometido a un análisis subjetivo. De ahí que algunas voces autorizadas consideren que este debate no ha quedado cerrado del todo.