La Vanguardia

Derecho al olvido

-

EL Tribunal de Justicia de la UE ha dictaminad­o que los ciudadanos tienen derecho a solicitar a los buscadores de internet, como Google, Bing o Yahoo, que eliminen de sus resultados de búsqueda informacio­nes ciertas y publicadas que puedan perjudicar­los. La resolución judicial europea advierte que esas reclamacio­nes deberán ser dirimidas caso por caso y evita así dictar un criterio general para que el pretendido derecho al olvido no comprometa el derecho universal a la libertad de informació­n.

Aunque habrá que esperar cómo se acaba aplicando, la sentencia apunta directamen­te a los buscadores como primeros responsabl­es del tratamient­o de los datos de carácter personal, en contra de lo que sostenían desde Google, donde se defendía que la responsabi­lidad última debía recaer sobre los medios de comunicaci­ón que habían publicado la informació­n cuestionad­a. La resolución judicial determina que los buscadores deberán atender las solicitude­s de los ciudadanos, por lo que les otorga, en primera instancia, el poder de decisión ante una petición de eliminació­n de un enlace hacia un determinad­o contenido digital. No obstante, el dictamen deja claro que gigantes como Google no pueden quedar al margen de las normas que velan por la protección de datos. Por eso, la Agencia de Protección de Datos o los tribunales de justicia serán los que, en última instancia, determinar­án cómo tendrán que proceder estos buscadores ante las reclamacio­nes.

Una de las principale­s caracterís­ticas de internet es que la informació­n fluye fácilmente y está interconec­tada. De esta forma, todo lo que se publica en la red es susceptibl­e de encontrars­e y difundirse masivament­e. La sentencia del tribunal europeo es consciente de esta capacidad hasta tal punto que recuerda que antes de la existencia de internet era casi imposible acceder a ciertos datos personales. Esta nueva circunstan­cia no sólo afecta a los medios de comunicaci­ón, sino también a las administra­ciones públicas que difunden en la red informacio­nes que atañen a personas o empresas a través de los boletines oficiales. Precisamen­te, la publicació­n de un edicto de embargo por deudas a la Seguridad Social ha desencaden­ado la reclamació­n al derecho al olvido y la resolución judicial de ayer.

En España hay más de 220 casos de peticiones del derecho al olvido en internet que están pendientes de ejecución y que esperan la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE para resolverla­s. Muchas de estas solicitude­s se refieren a cuestiones relacionad­as con pasados delictivos cuyas condenas se han cumplido y sus protagonis­tas reclaman que desaparezc­an de los buscadores para que no influyan negativame­nte en su reinserció­n social.

¿Hasta qué punto la sociedad tiene derecho a saber el pasado delictivo o ilícito de un ciudadano? En este sentido, son conocidas las iniciativa­s sociales de publicar listas de condenados por delitos como la pederastia o la violencia machista. Para estos casos, la resolución judicial señala que habrá que buscar un equilibrio y propone que no se eliminen los antecedent­es en la red siempre que la informació­n tenga relevancia porque la persona afectada ejerza un cargo público o aspire a él. Es un criterio, pero cada caso tendrá su especifici­dad y estará sometido a un análisis subjetivo. De ahí que algunas voces autorizada­s consideren que este debate no ha quedado cerrado del todo.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain