Las claves de la sentencia
Google no sólo presenta informaciones, sino que hace tratamiento de datos personales y por tanto está sujeto a la directiva europea. Sin Google, la información personal que circula por internet no se podría conectar fácilmente. Internet y los motores de búsqueda multiplican los efectos de esa posible injerencia en la vida privada, algo que “no puede justificarse por el mero interés económico”.
La actividad de Google como motor de búsqueda es tan importante que si no se le declarara responsable del tratamiento de esos datos, no se podría garantizar la aplicación de la directiva de protección de datos.
En determinados casos, debe eliminar ciertos enlaces de la lista de resultados obtenida al buscar el nombre de una persona, aunque siga publicado lícitamente en la web original.
No todo es ‘olvidable’. Hay que buscar un equilibrio entre el derecho a la información y el derecho a la protección a la vida privada. El interés público en disponer de la información, en función del cargo del afectado en la sociedad, es un criterio. Con el tiempo, hay datos que, aunque en su día se publicaran de manera legal, pueden convertirse en no pertinentes o excesivos.
El interesado puede dirigir su solicitud directamente al motor de búsqueda, que deberá examinar si es pertinente. Si no accede a retirar la información, serán los jueces o una autoridad de control quienes evalúen los casos y ordenen al buscador que tome medidas.