“El derecho al olvido tiene un alcance limitado”
Jos é Luis Rodríguez , director de la AEPD
El director de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), José Luis Rodríguez Álvarez, no puede ocultar su satisfacción al comentar desde Madrid la sentencia de la UE que obliga a Google a asumir las solicitudes de cancelación de algunos datos personales, pero enseguida aflora el enfado acumulado por las “falacias difundidas por quienes no quieren asumir la responsabilidad que les corresponde”.
¿Afectará a nuestra capacidad de encontrar información fiable en la red? No hay que magnificar las implicaciones de la sentencia en
MALENTENDIDO INTERESADO “Se presenta como el derecho a borrar datos según nuestra voluntad; no es así”
este sentido. Google ha exagerado los efectos del derecho al olvido para infundir temor, pero el Tribunal de la UE ha dejado muy claro que, en los términos en que la Agencia lo interpreta, no afecta a la libertad de expresión ni al derecho a la libre información. No va a haber ningún cambio radical.
¿Cómo actúa cuando no está claro qué derecho prima? En caso de duda, la libertad de expresión y el derecho a recibir información van a prevalecer siempre. Pero no estamos creando una doctrina nueva, se aplica la establecida para los medios de comunicación respecto a los límites de la li- bertad de expresión. Hay que analizar caso por caso, nuestras resoluciones siempre son ponderadas. De lo que hablamos es de información sin relevancia ni interés público, que no es un hecho noticiable.
Quizás no hoy pero sí en el futuro. ¿Se va a reescribir la historia, como dice Google? En ningún caso el derecho al olvido afecta a las fuentes originales. De lo que se trata es de evitar la difusión universal e indiscriminada, que es lo que causa el daño a la persona, pero no a través de las hemerotecas, boletines oficiales, archivos o documentos originales. Es otra de las grandes falacias que se han oído y se van a oír en los próximos días, no tiene fundamento en ninguna de nuestras resoluciones.
¿Se magnifica el alcance del derecho al olvido? El término es muy equívoco y evoca mucho más de lo que puede ser. Se presenta, interesadamente, como si consistiera en tener derecho a borrar información según nuestra voluntad, como una amenaza. No es así. El alcance del derecho al olvido no es absoluto. Está muy acotado, tiene un alcance limitado, pero al mismo tiempo es esencial. Todos tenemos derecho a controlar la difusión de nuestra información personal; sólo se puede usar con nuestro consentimiento, con amparo legal o en el ejercicio de otro derecho.
¿Qué espera de Google? Espero que la sentencia sea un punto de inflexión. El Tribunal ha establecido que no puede actuar al margen de la ley en Europa, como pretendía.