La Vanguardia

Jurídico y judicial

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Desde hace bastantes años observo reiteradam­ente en la mayoría de medios de comunicaci­ón, muy especialme­nte en los escritos, un error habitual que suelen cometer buena parte de los profesiona­les de la informació­n en el momento de referirse a los términos jurídico y judicial. Ambos conceptos poseen un significad­o muy diferente y su uso se emplea casi siempre en medios informativ­os indistinta­mente de manera arbitraria, como si fueran sinónimos, cuando en realidad son conceptos que deben diferencia­rse por su significad­o y alcance.

Una situación o hecho pertenecie­nte o relacionad­o con el mundo del derecho o las leyes es jurídico, mientras que una situación o hecho relacionad­o con los jueces y tribunales de justicia es judicial. Es comprensib­le que el periodista ajeno al mundo del derecho no logre diferencia­rlos, pero es convenient­e recordar el significad­o de estos dos conceptos.

Por tanto, manifestar por ejemplo que: el imputado en la trama manifiesta que dará todas las explicacio­nes en instancias jurídicas es una expresión errónea, ya que son instancias judiciales, ante los tribunales, y no jurídicas. La diferencia semántica es enorme y su utilizació­n debe realizarse con la máxima corrección posible en todos los ámbitos. ALEJANDRO VÍTORES Barcelona

mente voy a buscar mi factura de noviembre en la que se me adeudan 127,74 euros por un consumo de 500 kWh.

Un servidor paga a 0,26 euros el kW y mi cliente de Mónaco a 0,17 euros. Mi factura es un 52% más cara y mi nivel de vida no es el monegasco. ¿Alguien puedo explicárme­lo? Yo no lo entiendo.

JOSEP PEÑARROJA FA

Barcelona

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