Los Pujol piden que Hacienda se pronuncie antes de declarar
La defensa recurre la imputación por delito fiscal y blanqueo
Evitar declarar como imputados. Ese es el objetivo de la defensa de Jordi Pujol, Marta Ferrusola y sus hijos, Marta, Mireia y Pere, al recurrir el auto de la juez de instrucción número 31 de Barcelona que les cita para el 27 de enero. El recurso sostiene que se puede comprobar la “completa, veraz y correcta” regularización de sus bienes en el extranjero sin necesidad de imputar a los titulares del patrimonio. El recurso subraya el “estigma social” que supone la imputación y su posible uso con “finalidades espurias” que choca con las garantías de defensa.
En esta línea, la defensa cita el procedimiento seguido contra Emilia Botín en la Audiencia Nacional por el afloramiento de patrimonio del financiero en Suiza. El caso se abrió en junio del 2011 y se cerró en mayo del 2012 una vez se constató la corrección y veracidad de la regularización que había evidenciado un patrimonio histórico oculto. La Fiscalía se había visto obligada a presentar denuncia como único modo de poder comprobar e investigar el ejercicio prescrito tributariamente pero no penalmente y, una vez aclarada la corrección de las distintas declaraciones complementarias, sin necesidad de imputaciones ni declaración de los investigados, se archivó la causa.
En el recurso se sostiene que con la imputación de la familia Pujol, cuando la Agencia Tributaria confirme, “que lo hará”, que la “regularización es correcta y completa, el daño ya estará hecho, y el mensaje habrá calado”: si regularizar equivale a indicio de delito fiscal y a imputación sin esperar a la comprobación de la Agencia Tributaria, los incentivos para el “regreso a la legalidad tributaria” por parte de los contribuyentes están “radicalmente comprometidos”. La defensa aporta documentación de Andbank y Banca Privada d’Andorra en la que se sostiene que “no se han producido incrementos de patrimonio en la familia más allá de los rendimientos propios de las inversiones financieras” y desde el 2002, el patrimonio no ha sido inferior al que se dispuso en el momento del traspaso de fondos en el 2010 entre las citadas entidades financieras.
Asimismo se añade que al margen de la credibilidad o no de la versión del expresident sobre el origen de los fondos, “no cabe presumir” en base a la documentación aportada, que el patrimonio ahora aflorado se generara en ejercicios no prescritos. Se señala que Jordi Pujol nunca tuvo la condición de heredero, sino sólo de legitimario, de la herencia de su padre y que nunca ha afirmado tener documentación sobre esa parte de la herencia que no fue declarada y que se situó en el extranjero. El expresident, se insiste, “nunca ha sido titular real ni formal de bienes en el extranjero. Ni ahora ni en 1980”. El recurso admite que Pujol se declaró “responsable” en su confesión del pasado julio, una responsabilidad “moral, política” pero que es “neutra” desde el punto de vista penal. Pujol puede sentirse “personalmente responsable de la tardía regularización, pero el principio de legalidad, afortunadamente, ampara también a quienes no desean ser protegidos”, concluye el escrito.