Buscar a los padres biológicos
Quién puede. Los mayores de edad adoptados o tutelados por la administración en su infancia. Se puede hacer directamente o a través de un representante.
A qué se tiene derecho. A saber todo aquello que esté en su expediente que tenga relación con su historia personal y familiar: sus orígenes, sus padres biológicos, su entorno social y las circunstancias vividas durante su infancia. No se tiene derecho a los datos para localizarlos ni los de los profesionales que intervinieron en el proceso de separación del núcleo familiar, tampoco datos privados de las familias acogedoras sin lazos biológicos.
Dónde. En las oficinas de la Generalitat (Infància i Adolescència) y en los ayuntamientos.
Cómo se solicita. Se empieza con un formulario que se puede recoger en las oficinas o descargar por internet (web de Benestar Social i Família, oficina virtual de trámites ). Además hay que llevar la partida literal de nacimiento y el DNI.
Qué debe ocurrir. Que se inicie el procedimiento confidencial de mediación. Desde la administración se intenta acompañar al solicitante que busca sus orígenes en cada paso de esa indagación. Eso supone apoyo para conocer lo que pasó, que a veces puede tener un gran impacto emocional, e intentar ponerse en contacto con esos padres biológicos, si están localizables. Muchos de los adoptados que pueden ejercer este derecho provienen de otro país y con frecuencia no tienen la información que reconoce el decreto de la Generalitat.
El encuentro. Es una de las tareas de la intermediación. Pero es una propuesta que se les hará a los padres biológicos si se les localiza. A ellos también les explicarán sus derechos y, si consienten, facilitarán a las dos partes el encuentro.
Una salvedad. El decreto prevé discriminación positiva para proteger a aquellas mujeres que fueron víctimas de una situación social y cultural y que por ese motivo fueron separadas de sus hijos.
Plazo. El decreto establece seis meses, pero lo normal es que se alargue.