La Vanguardia

Las empresas podrán desgravar las deudas de la Administra­ción

Ultimátum de la UE por discrimina­r a entidades sin ánimo de lucro

- ALICIA RODRÍGUEZ DE PAZ Madrid REFORMA INCOMPLETA TRATO DISCRIMINA­TORIO

A medida que se acerca el final de año, empresas y ciudadanos ajustan sus estrategia­s como contribuye­ntes para tratar de sacar el máximo partido del marco fiscal vigente. Si se consideran las novedades que plantean las últimas reformas del IRPF y el impuesto de sociedades, los fiscalista­s del Consejo General de Economista­s lanzaron ayer 80 recomendac­iones básicas de cara el cierre del ejercicio del 2015. Entre ellas, figura la posibilida­d a partir de este año para las empresas de deducir en el impuesto de sociedades las deudas pendientes de cobro con las administra­ciones públicas.

Para solicitar este tipo de desgravaci­ón, resulta imprescind­ible que la compañía afectada reclame la deuda mediante un procedimie­nto arbitral o judicial. Los asesores fiscales aconsejan a las empresas que se planteen como gasto deducible el “deterioro por insolvenci­a de un crédito adeudado por un ente público”, si la empresa “razonablem­ente entiende que no va a cobrar”.

IMPUESTO DE SOCIEDADES

Otro de los cambios de la normativa sobre el impuesto de sociedades afecta a los regalos que las empresas hacen, por ejemplo, a sus clientes. Los fiscalista­s avisan de que, justo a las puertas de la época navideña, hay que tener en cuenta que ahora el importe anual máximo deducible por “gastos por atenciones a clientes y proveedore­s” es del 1% del importe neto de la cifra de negocio de la empresa. Los expertos también recomienda­n a las empresas que van a incrementa­r sus fondos propios analicen si les conviene dotarse de una reserva de capitaliza­ción. En el caso de hacerlo, podrán reducir hasta el 10% del incremento de esos fondos, con un límite máximo de descuento del 10% de la base imponible. Además, recuerdan que se ha producido un cambio importante en la figura de sociedad civil –bastante común entre los autónomos–. A partir del 2106, los socios de este tipo de sociedades, para ejercer una actividad económica pasan de tributar por rentas a hacerlo por el impuesto de sociedades. Por ello, aconsejan evaluar si les conviene disolver la entidad antes del segundo semestre del 2016.

IMPUESTO DE LA RENTA

Los expertos en fiscalidad piden a los contribuye­ntes que tengan presente que resulta ventajoso diferir hasta el próximo año, y en la medida de lo posible, la tributació­n de rentas como dividendos, intereses o ganancias patrimonia­les ya que la tarifa pasará del 19,5, 21,5 y 23,5% este año al 19, 21 y 23% en el 2016. Ojo también a los cambios en las actividade­s que pueden tributar por módulos –por ejemplo, quedan fuera los autónomas dedicados a la construcci­ón–.

A lo largo de las jornadas tributaria­s, iniciadas ayer, los asesores fiscales se quejaron de que haya concluido la legislatur­a sin una reforma que “ponga orden” en los impuestos autonómico­s y locales o en los tributos medioambie­ntales. Por ello, calificaro­n la reforma fiscal de “incompleta”. Para el presidente del Consejo General de Economista­s, Valentí Pich, la proliferac­ión de nuevos tributos en algunas comunidade­s se ha revelado como “una pérdida de tiempo, que ha enfadado a todos, para al final, recaudar cuatro duros”. También lamentaron que los esfuerzos por mejorar la estructura tributaria se hayan concentrad­o en el IRPF, el impuesto de sociedades y el IVA, dejando fuera la modernizac­ión de la tributació­n de la riqueza, que afectaría a impuestos como el de patrimonio, sucesiones y donaciones así como el bienes inmuebles (IBI).

Durante su intervenci­ón en estas jornadas organizada­s por la Asociación Española de Asesores Fiscales y Gestores Tributario­s, el director de la Agencia Tributaria (AEAT), Santiago Menéndez, destacó el cambio que supondrá la nueva obligación para las empresas con un volumen negocio superior a los 6 millones de euros de comenzar a llevar los libros de registro a través de la sede electrónic­a de la AEAT y, por tanto, informar casi de inmediato de las facturas que emite y las que recibe. Los asesores fiscales señalaron que este “cambio importantí­simo en las relaciones con los contribuye­ntes”, en palabras de Menéndez, suponen un transforma­ción en las relaciones entre las empresas con sus clientes y proveedore­s.

Los asesores fiscales reclaman la reordenaci­ón de los impuestos autonómico­s y locales

Por otra parte, la Comisión Europea le dio ayer dos meses a España para que cambie la normativa e iguale el trato en las exenciones fiscales a las organizaci­ones sin ánimo de lucro españolas a las radicadas en otros estados miembros. Si no atienden a su demanda, la Comisión amenazó con seguir adelante con el expediente sancionado­r y poner una denuncia ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

El Ejecutivo comunitari­o se queja, según recoge Europa Press, de que “las mismas normas no se aplican a las entidades extranjera­s sin fines lucrativos que obtienen ingresos comparable­s de España” establecid­as en otros estados de la UE, pero sin filial en España. Bruselas aclara que un ciudadano español ha de tener la misma deducción haga una donación a una entidad sin ánimo de lucro española o radicada en otro país comunitari­o. Asimismo, las fundacione­s extranjera­s han de tener las mismas exenciones por lo que recauda en España que una organizaci­ón española de este tipo. En resumen, consideran que la normativa es discrimina­toria y supone en la práctica “una restricció­n a la libertad de capitales”.

 ?? DANI DUCH ?? Cristóbal Montoro, ministro de Hacienda
DANI DUCH Cristóbal Montoro, ministro de Hacienda

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain