Dos partidos a Suárez; ninguno a Pau López
Dos partidos para el uruguayo, uno a Diop y nada a Pau López
El juez de competición leyó con atención el acta del Barça-Espanyol de Copa y dictó sentencia: dos partidos de suspensión al blaugrana Luis Suárez, uno al blanquiazul Pape Diop (ambas sanciones deben cumplirse en la Copa) y ni la menor intención de analizar el violento pisotón de Pau López a Messi. El portero del Espanyol sale de rositas del partido en el que, por citar un ejemplo, el tridente del Barça al completo recibió una tarjeta amarilla.
En el fondo no puede considerarse una sorpresa que Competicomo ción se limite a leer el parte arbitral, dé carta de verdad absoluta a cuanto allí se detalla y actúe en consecuencia. Otra cuestión es analizar cómo gradúa las sanciones y por qué motivo considera que decirle a un rival “me cago en tu puta madre” (caso Diop) merece un partido de castigo y en cambio proferir en el túnel de vestuarios “aquí os estoy esperando, venid acá; sos un desecho” (caso Suárez) alcanza tal gravedad que exige un castigo doble.
Tampoco extraña que Competición no entre en el pisotón de Pau López. No aparece en el acta, no hay denuncia y por consiguiente a efectos de sanción no existe. Otra cosa sería plantearse si este proceder es el que merece la pomposamente autoconsiderada mejor Liga del mundo, pero cabe entender que a los equipos que la forman ya les conviene este sistema, nunca han exigido otra normativa que otorgue más poder y medios a Competición y se agarran con fervor a la norma no escrita: yo no te denuncio a ti y tú no me denunciarás a mí. En otros países de la Europa futbolísticamente ilustrada casos como el de Pau López jamás quedarían impunes. Pero la tradición en España no va por este camino y en muy contadas ocasiones el juez futbolístico actúa de oficio,
PAPE DIOP
hizo, por ejemplo, a finales de 1999 para aplicar 5 partidos de suspensión al blaugrana Kluivert.
En su resolución, el juez único recuerda que para rebatir el acta arbitral hay que “acreditar la inexistencia del hecho reflejado” o bien “la completa arbitrariedad” del redactado. Y naturalmente concluye que no se dan estas circunstancias. En sus alegaciones el FC Barcelona señaló que el colegiado o bien mentía o bien se había inventado la autoría de las expresiones puestas en boca de Suárez. Pero Competición indica que “el presunto autor tiene derecho a no declararse culpable”, pero que esto no le exculpa. Y para llegar a la sanción de dos partidos al uruguayo señala que hubo premeditación (esperó a los rivales, siempre según el acta), hubo provocación (“aquí os estoy esperando”) y ofensa o insulto (“sos un desecho”). En definitiva, que existió un comportamiento “reprochable e injustificado” y de ahí la sanción “en grado medio” de dos partidos.
En el caso del españolista Diop, Competición aclara que el club
LUIS SUÁREZ Competición considera que hubo premeditación, provocación y finalmente ofensa o insulto El Espanyol aportó un vídeo para demostrar que también hubo provocación del futbolista blaugrana
blanquiazul envió un recurso en el que no niega “la literalidad de la expresión”, sino que centra sus alegaciones en “justificar dicha expresión en una posible provocación previa del citado jugador contrario” y para ello aporta prueba videográfica. O sea, que el Espanyol aquí sí estaría intentando traspasar parte de la culpa al rival. Competición considera que quizá sí existió la provocación y que “podría desprenderse de las imágenes aportadas”, pero que en todo caso no justifica “responder con el mismo comportamiento”. Aplica la sanción en grado mínimo, o sea, un partido.
El Barcelona avanzó ayer mismo que presentará recurso al Comité de Apelación, para lo que tiene un plazo de diez días que sin duda no agotará porque los próximos partidos de Copa están fijados para el 13 y el 20 de enero.