El voto religioso de obediencia
Los votos de pobreza, obediencia y castidad son imprescindibles en la vida consagrada de la Iglesia católica, en congregaciones religiosas femeninas y masculinas. El voto de obediencia es el compromiso que adquiere la religiosa o el religioso de “acoger la voluntad de Dios como único criterio de vida, discernida e interpretada a través de múltiples mediaciones humanas y, de modo particular, por medio de los superiores, en sus distintos grados”, según explica un canonista. El espíritu de la norma es que entre la religiosa –son monjas sólo aquellas religiosas de vida contemplativa– y la abadesa, priora o madre superiora se dé un diálogo que permita discernir sobre cada situación concreta, pero en el que la autoridad final pertenece siempre a la superiora, porque así lo indica el Derecho Canónico. Es ahí donde pueden surgir conflictos; los religiosos suelen decir que el voto de obediencia es el más difícil de los tres. Las monjas indias del convento de las mercedarias de Santiago estaban vinculadas por ese voto de obediencia; tras tantos años allí, es lógico suponer que habían realizado votos perpetuos (existe también la profesión temporal de votos). Pero en ningún caso tal obediencia puede implicar una retención de pasaportes o de permiso de residencia por la superiora. El arzobispado de Santiago arguye que dos de las monjas se hallaban en pleno proceso de “dispensa de votos”, pues habían decidido dejar la congregación. La exclaustración de monjas corresponde a la Santa Sede, y está prevista sólo para la profesa de votos perpetuos. / María-Paz López