La Fiscalía ve delito en la pitada de la final de la Copa del Rey
La Audiencia Nacional tramita una denuncia por presuntas injurias
La Fiscalía ha informado a la Audiencia Nacional de que ve un posible delito de injurias al Rey en la pitada de la final de Copa del 30 de mayo pasado entre el Barça y el Athletic.
La Fiscalía considera que la Audiencia Nacional debe investigar un posible delito de injurias al Rey y a los símbolos o emblemas de España en relación con la pitada al himno español que se registró en la final de la Copa del Rey disputada por el Barça y el Athletic Club de Bilbao, en el Camp Nou, el pasado 30 de mayo. El informe de la Fiscalía llega después de que un juzgado de instrucción de Barcelona estimara que los hechos deben ser investigados en la Audiencia Nacional, porque podrían constituir un delito contra el titular de la Corona.
El asunto tiene su origen en una querella interpuesta el pasado 12 de junio por Manos Limpias contra los dos clubs protagonistas de la final y diversas asociaciones ciudadanas, entre ellas la Plataforma pel Dret a Decidir y Catalunya diu Prou. La querella era por un supuesto delito de ultraje a España, previsto en el artículo 543 del Código Penal.
A dicha querella se incorporaron luego otras denuncias inter- puestas por particulares y un oficio de la Fiscalía General del Estado que a su vez recogía diversas quejas, entre ellas del partido político Vox, que estimaba cometido un delito de injurias a la Corona, previsto en el artículo 490 del Código Penal.
El escrito de la Fiscalía de la Audiencia Nacional recoge estos antecedentes para concluir que existe una clara previsión legal en el sentido de que es la Audiencia Nacional el órgano competente “para conocer el enjuiciamiento de los delitos contra el titular de la Corona, su consorte, su sucesor, altos organismos de la nación y forma de Gobierno, y en todo caso extenderá su competencia al conocimiento de los delitos conexos a los reseñados”.
La Fiscalía considera que los hechos ocurridos en el Camp Nou encajan en estos supuestos, puesto que con ocasión de la final entre el Barça y el Athletic, “al reproducirse el himno nacional, ante la presencia del jefe del Estado D. Felipe VI de Borbón, se produjo una masiva y colectiva pitada proveniente de parte del público retransmitida dentro de lo que constituía el evento deportivo”.
En el escrito se estima que la pitada ocurrida en la final encaja con el artículo 490.3 del Código Penal, que sanciona las injurias al Rey en el ejercicio de sus funciones y que prevé una pena de seis meses a dos años de prisión si se estiman graves, y con una multa de seis a doce meses en caso de que no lo sean. La Fiscalía también estima que los hechos constituyen otro delito, el previsto en el artículo 543 del Código Penal, que castiga las “ofensas o ultrajes a España, a sus comunidades autónomas o a sus símbolos o emblemas, efectuados con publicidad”. En este caso, la sanción es una multa de siete a doce meses.
Sostiene la Fiscalía que de lo investigado hasta ahora se desprende que la entidad que llevó a cabo la convocatoria de la pitada fue Catalunya Acció, presidida por Santiago Espot, “adhiriéndose al manifiesto que sirvió de convocatoria Sobirania i Progrés, CADCI, Plataforma pel Dret a Decidir, International Comision of European Citizens, Fundació President Macià, Ara o Mai, Catalunya diu Prou, Casal per la Llibertat i la Independència de Catalunya, Societat Catalana de Lliure Opinió, Moviment de Cultura Popular El Sotrac y Units per Declarar la Indepedència de Catalunya”. Y añade que el manifiesto abogaba por “una sonora pitada, que sin duda acompañarán también los seguidores vascos” cuando el Rey apareciera y sonara el himno.