Benjumea no podrá pagar su fianza con la póliza de seguros
La Audiencia opina que el querellado actúa en perjuicio de Abengoa
El expresidente de Abengoa, Felipe Benjumea, no está logrando entrar con buen pronóstico en el proceso que le afecta en la Audiencia Nacional. La Sala Penal rechazó ayer que pueda hacer frente con una póliza de seguros a la fianza de 11,5 millones de euros que le fue impuesta por la juez que investiga el caso, Carmen Lamela. Lo más significativo de la decisión no es el rechazo en sí mismo, sino los argumentos que emplean los magistrados, que revelan un juicio claramente crítico con respecto al planteamiento general de las estrategias de defensa que está empleando el querellado frente a las acusaciones de las que es objeto.
Benjumea y el ex consejero delegado de Abengoa, Manuel Sánchez Ortega, que están siendo investigados por los presuntos delitos de administración desleal y uso de la información privilegiada, habían aportado avales de AIG Europe Limited y XL Insurance como consecuencia de la póliza aseguradora de responsabilidad de administradores y directivos suscrita con la propia sociedad que dirigían.
El auto de la Audiencia –suscrito por los magistrados Alfonso Guevara, Antonio Díaz y Clara Bayarri– responde a esta pretensión que “la suscripción de dicha póliza se perfila como un mecanismo más de los empleados por el querellado en perjuicio de la entidad que administraba –que es la tomadora del seguro–, y con efectos beneficiosos en exclusiva para el asegurado y las propias compañías aseguradoras, hasta el punto de que estas, de ejecutarse la fianza, pueden repetir indistintamente contra los asegurados o contra la tomadora del seguro”. Nótese el in- ciso “como un mecanismo más de los empleados por el querellado”, que obviamente supone una valoración muy crítica sobre su actuación.
A mayor abundamiento, los magistrados subrayan que la utilización de cláusulas abusivas en los contratos “en beneficio de una sola de las partes” es, en principio, nula de pleno derecho”. Y aún precisa la Sala Penal que si se amplía el procedimiento a futuras reclamaciones de terceros por “errores” en la gestión de Benjumea y Sánchez Ortega, dichas compañías podrán ser requeridas para pagar la fianza que corresponda a los “miles” de afectados, “que se aprecia constituyen causa distinta de pedir a la hoy evaluada”.
La discusión sobre la caución de Benjumea arranca de la decisión que tomó la juez Lamela de imponerle la mencionada fianza de 11,5 millones de euros, rechazando después que hiciera frente a la cautela con la póliza de seguros de referencia. El expresidente de Abengoa utilizó argumentos contundentes, lo que en parte tal vez explica la réplica que ha recibido. Benjumea, en efecto, se opuso a la resolución de la magistrada afirmando que su auto equivalía a “inmiscuirse” en la esfera de las relaciones jurídico privadas entre el asegurador y el asegurado.
Aparte de la fianza de 11,5 millones a Benjumea, Lamela impuso otra de 4,5 millones a Sánchez Ortega. Para hacer frente a la caución, la magistrada ordenó el embargo de varios turismos y fincas a nombre del primero. Y al segundo le levantó la caución días después de que presentara un aval bancario. La magistrada ordenó también el bloqueo de los saldos que constan en las cuentas del expresidente de Abengoa y los productos bancarios que tenga contratados.
El expresidente de la firma criticó que la juez se “inmiscuía” en la relación aseguradora-asegurado