Juan P. Hernández Moltó
EXPRESIDENTE DE CCM
Juan Pedro Hernández Moltó, expresidente de Caja Castilla La Mancha (CCM), fue condenado ayer a dos años de cárcel por falsedad contable. CCM, que quebró en el 2009, fue la primera caja de ahorros intervenida en la pasada crisis.
El Código Penal trata de proteger al “hombre medio”, que no está especializado en terminología y práctica contable y bancaria. Éste es el razonamiento esencial en el que se ha basado el juez de la Audiencia Nacional José María Vázquez Honrubia para condenar a dos años de prisión, inhabilitación para ejercer cargos en ese plazo en el sector financiero y multa de 29.970 euros al expresidente de Caja Castilla-La Mancha (CCM), Juan Pedro Hernández Moltó, y al ex director general de la entidad, Ildefonso Ortega, por un delito societario de falsedad contable.
El magistrado ha considerado que ambos realizaron un “ardid contable” para “tapar o maquillar” las cuentas de la entidad. Explica que reflejaron las pérdidas de la Caja “en la partida o estado del patrimonio neto y no en la cuenta de pérdidas y ganancias, en definitiva en la cuenta de resultados”. Con ello actuaron de forma que puede estimarse correcta en la ortodoxia contable. Pero el delito de falsedad contable persigue proteger a los ciudadanos que pudieran relacionarse con la entidad, a los pequeños inversores y depositantes y, en general, a todos aquellos que no tendrían la misma relación con la Caja si en sus estados aparecieran pérdidas.
Es en este punto en el que el juez coloca el inciso de que “el Código Penal trata de proteger a ese hombre medio”. En cambio, a su juicio, resulta “hasta sarcástico” que Moltó dijese de sí mismo en el juicio que había actuado como un “animador sociocultural” de la entidad, con funciones parecidas a las de una “reina madre”.
Los gestores de Caja Castilla-La Mancha registraron el deterioro de las participaciones en tres sociedades inmobiliarias (Afirma, Colonial y Parquesol) como “ajustes de valoración dentro del patrimonio neto en lugar de incluirlo en la cuenta de resultados”, que presentaba un saldo antes de impuestos de 93 millones de euros. El juez añade que “teniendo en cuenta que esas minusvalías alcanzaban a 31 de diciembre los 212,1 millones de euros, el resultado del ejercicio debía haberse aminorado en ese importe”.
De este modo, habrían resulta- do negativos los estados consolidados de CCM a la misma fecha, que reflejaban “un ficticio beneficio antes de impuestos de 29,86 millones de euros”. En relación con la calificación de créditos, existía “un déficit de provisiones específicas de 57 millones de euros sobre los 245 millones exigidos”.
Fue por este procedimiento como los gestores de CCM –añade la resolución– sortearon las obligaciones impuestas por el Banco de España y lograron evitar que la caja presentara pérdidas de 119 millones en los estados individuales y de, al menos, 182,2 millones en los consolidados. El juez ha absuelto a ambos procesados del delito societario de administración desleal, del que también fueron acusados.