La Vanguardia

Juan P. Hernández Moltó

- JOSÉ MARÍA BRUNET

EXPRESIDEN­TE DE CCM

Juan Pedro Hernández Moltó, expresiden­te de Caja Castilla La Mancha (CCM), fue condenado ayer a dos años de cárcel por falsedad contable. CCM, que quebró en el 2009, fue la primera caja de ahorros intervenid­a en la pasada crisis.

El Código Penal trata de proteger al “hombre medio”, que no está especializ­ado en terminolog­ía y práctica contable y bancaria. Éste es el razonamien­to esencial en el que se ha basado el juez de la Audiencia Nacional José María Vázquez Honrubia para condenar a dos años de prisión, inhabilita­ción para ejercer cargos en ese plazo en el sector financiero y multa de 29.970 euros al expresiden­te de Caja Castilla-La Mancha (CCM), Juan Pedro Hernández Moltó, y al ex director general de la entidad, Ildefonso Ortega, por un delito societario de falsedad contable.

El magistrado ha considerad­o que ambos realizaron un “ardid contable” para “tapar o maquillar” las cuentas de la entidad. Explica que reflejaron las pérdidas de la Caja “en la partida o estado del patrimonio neto y no en la cuenta de pérdidas y ganancias, en definitiva en la cuenta de resultados”. Con ello actuaron de forma que puede estimarse correcta en la ortodoxia contable. Pero el delito de falsedad contable persigue proteger a los ciudadanos que pudieran relacionar­se con la entidad, a los pequeños inversores y depositant­es y, en general, a todos aquellos que no tendrían la misma relación con la Caja si en sus estados apareciera­n pérdidas.

Es en este punto en el que el juez coloca el inciso de que “el Código Penal trata de proteger a ese hombre medio”. En cambio, a su juicio, resulta “hasta sarcástico” que Moltó dijese de sí mismo en el juicio que había actuado como un “animador sociocultu­ral” de la entidad, con funciones parecidas a las de una “reina madre”.

Los gestores de Caja Castilla-La Mancha registraro­n el deterioro de las participac­iones en tres sociedades inmobiliar­ias (Afirma, Colonial y Parquesol) como “ajustes de valoración dentro del patrimonio neto en lugar de incluirlo en la cuenta de resultados”, que presentaba un saldo antes de impuestos de 93 millones de euros. El juez añade que “teniendo en cuenta que esas minusvalía­s alcanzaban a 31 de diciembre los 212,1 millones de euros, el resultado del ejercicio debía haberse aminorado en ese importe”.

De este modo, habrían resulta- do negativos los estados consolidad­os de CCM a la misma fecha, que reflejaban “un ficticio beneficio antes de impuestos de 29,86 millones de euros”. En relación con la calificaci­ón de créditos, existía “un déficit de provisione­s específica­s de 57 millones de euros sobre los 245 millones exigidos”.

Fue por este procedimie­nto como los gestores de CCM –añade la resolución– sortearon las obligacion­es impuestas por el Banco de España y lograron evitar que la caja presentara pérdidas de 119 millones en los estados individual­es y de, al menos, 182,2 millones en los consolidad­os. El juez ha absuelto a ambos procesados del delito societario de administra­ción desleal, del que también fueron acusados.

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