La Vanguardia

Francia regula el derecho a la muerte digital

Francia regula la gestión post mórtem de los datos personales en la red

- ELIANNE ROS

La revolución digital plantea numerosos interrogan­tes sobre el equilibro entre libertad y derechos fundamenta­les de las personas, incluso más allá de la vida. Cuando dejamos de existir, ¿qué ocurre con nuestros mails, blogs, imágenes y demás material virtual? ¿Cómo se gestiona la muerte en las redes sociales? Se calcula que cada minuto mueren tres usuarios de Facebook. Eso significa que, al cabo del año, desaparece­n 1,8 millones de personas que han colgado multitud de datos en sus biografías. Si se tiene en cuenta que en el invento de Mark Zuckerberg un individuo comparte una media de 415 contenidos anuales, los que utilizan Twitter emiten unos 15.800 mensajes a lo largo de su vida y los de YouTube suben más de 1.900 vídeos, no es de extrañar que la regulación de tamaño volumen de informació­n se convierta en una cuestión de interés general.

Así lo ha entendido Francia, que acaba de dotarse de un marco legal pensado exclusivam­ente para poner orden en internet. Aprobada en el Parlamento con 365 votos a favor, uno en contra y 187 abstencion­es, la ley para una República Digital aspira a cubrir algunos de los vacíos le- gales –imposible cubrir todos los frentes en un sector en constante evolución– establecie­ndo nuevos derechos digitales.

Entre ellos, el “derecho a la muerte digital”, que permite a todos los individuos “organizar, en vida, las condicione­s de conservaci­ón y de comunicaci­ón de sus datos personales después de fallecer”. Cada internauta podrá designar a la persona que se ocupará de gestionar su herencia digital, una especie de albacea con autorizaci­ón para acceder a las cuentas y eliminar o mantener las que deseara el interesado, así como la forma de comunicar su muerte. Este albacea puede ser una persona ajena a la familia, por lo que el texto, que está pendiente de la tramitació­n del Senado y entrará en vigor en primavera, introduce la prerrogati­va de que los herederos tengan acceso a los datos relacionad­os con la sucesión. En caso de que no haya sido nombrado un administra­dor del patrimonio virtual, serán los familiares más directos quienes decidan qué hacer con los contenidos de las redes sociales.

Tras producirse situacione­s dolorosas, como el caso de los padres que perdieron a su hijo marine y Google no les facilitó los códigos de entrada a su cuenta en aras de su política de privacidad, una media docena de estados norteameri­canos han regulado el asunto por ley. En

FACEBO OK RECONOCE EL RETO Uno de los desafíos de Facebook es gestionar los datos acumulados, admite Zuckerberg

CASO BRUCE WILLIS

Sostiene que la música comprada en iTunes es parte de su patrimonio y quiere legarla a sus hijas

Europa, se trata de una iniciativa pionera. “No nos extrañaría que se extendiera a otros países, porque es una cuestión compleja, que en España no está regulada y sobre la que no hay suficiente conciencia­ción”, opinan Xavier Ribas y Jesús Martinell, abogados especializ­ados en derecho digital en el bufete Ribas y Asociados de Barcelona. “Es necesaria una ley a nivel estatal y un criterio unificado a nivel europeo”, sostienen. Ambos siguieron la intervenci­ón de Zuckerberg en el Mobile World Congress, donde el propietari­o de Facebook admitió que uno de los desafíos de la plataforma será administra­r la inmensa cantidad de datos que acumulará dentro de 30 años, cuando buena parte de los usuarios habrán fallecido.

Actualment­e, cada una de las distintas redes sociales ofrece su propia solución funeraria. Hay que acreditar el parentesco o una relación directa, además de aportar el certificad­o de defunción, para dar de baja al usuario tras su muerte. Algunas se limitan a cancelar la cuenta y otras, como Facebook o Google –que también han puesto en marcha la creación de la figura del heredero digital– proponen opciones más elaboradas, como una especie de memorial de homenaje a la persona desapareci­da. Tras un período, la cuenta desaparece de las pantallas, pero los datos que contiene quedan almacenado­s. Técnicamen­te pertenecen a la plataforma.

¿Y qué sucede con la música o las películas compradas online? El actor Bruce Willis considera que su biblioteca musical adquirida en iTunes, en la que asegura haberse gastado miles de dólares, forma parte de su patrimonio y no ve la razón por la que sus tres hijas no puedan disfrutar de ella cuando él muera. La estrella de Hollywood ha llegado incluso a plantearse acciones legales contra la tienda online de Apple, cuyo modelo de licencia recibe cada vez más quejas de los usuarios.

Hay más cabos sueltos. “Si tienes un blog, puede desaparece­r contigo si no has dejado las claves de acceso a tu heredero por más que este desee mantenerlo”, ejemplific­a Ribas. “Por eso recomendam­os a nuestros clientes que piensen en el testamento digital, que va desde las sus- cripciones en línea al destino de su biblioteca virtual”, indica Martinell. Algunas compañías de seguros y start-up han visto ahí un interesant­e nicho de mercado y cada vez hay más empresas especializ­adas en gestión del testamento digital. “Pagas una cuota mensual, y cuando te mueres actualizan los datos y ejecutan las últimas voluntades del usuario en este ámbito”, resume Martinell en relación a un servicio que, en EE.UU., asumen muchos notarios.

La ley francesa regula también el controvert­ido “derecho al olvido” en la red para los menores de edad. Estos podrán exigir la eliminació­n de los datos que no deseen que circulen en internet para tener la oportunida­d de construirs­e una segunda vida virtual. La medida tiene en cuenta que los jóvenes, masivament­e presentes en las redes sociales, no son siempre consciente­s de los riesgos a los que se exponen.

En España hay que remitirse a la ley orgánica de Protección de Datos, que data de diciembre de 1999 –aunque ha sido actualizad­a mediante decretos puntuales–, que establece otros límites. “Para reclamar que se borren contenidos indeseados o publicados sin el consentimi­ento del usuario, estos no deben colisionar con el interés informativ­o. Por ejemplo, si se trata de un escándalo que afecta a un personaje público, prevalece el derecho a la informació­n”, aclara el abogado David Bravo, experto en derecho de la propiedad intelectua­l en internet.

Las garantías de acceso y la neutralida­d de la red para evitar que internet sea un factor de desigualda­d social son otros de los ejes de la legislació­n impulsada por el Gobierno socialista de François Hollande, que por primera vez ha sometido una ley a un proceso participat­ivo. Algunas de las 21.330 contribuci­ones de los internauta­s han sido introducid­as en el texto, que considera internet un “servicio fundamenta­l” como el agua corriente o la electricid­ad, por lo que las familias sin recursos podrán acogerse al “derecho de conexión” y los servidores estarán obligados a mantener la línea aunque no paguen sus facturas. “Esta es una ley de izquierdas”, ha subrayado la secretaria de Estado adscrita al sector digital Axele Lemaire.

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