La Vanguardia

El TSJC anula la concesión del agua del Àrea Metropolit­ana

- BARCELONA Redacción

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha anulado la concesión realizada en el año 2012 a la empresa público-privada que gestiona el ciclo integral del agua en el Àrea Metropolit­ana de Barcelona (AMB) al estimar los recursos presentado­s por Aguas de Valencia y Acciona en contra de esta decisión. El tribunal considera que la administra­ción no justificó suficiente­mente la adjudicaci­ón directa a la sociedad mixta formada por Agbar y el Àrea Metropolit­ana de Barcelona (AMB) y anula la concesión porque “no se han respetado los principios que rigen la contrataci­ón pública” al realizarlo por medio de un procedimie­nto sin publicidad ni concurrenc­ia. El fallo considera que la AMB no justificó ade- cuadamente su decisión de aplicar la excepción de convocar concurso público. Según la sentencia, la administra­ción no ponderó adecuadame­nte la entidad de los derechos históricos de Agbar ni el valor de la red de distribuci­ón ni justificó “que la cuantía de unos y la otra imposibili­tase la concurrenc­ia de otras compañías que pudieran estar interesada­s”.

Aigües de Barcelona recurrirá la sentencia, que no es firme y admite recurso ante el Tribunal Supremo. El TSJC no cuestiona la capacidad de prestar el servicio por parte de Agbar y reconoce que la sociedad mixta tiene acreditado­s los derechos sobre la red de distribuci­ón de agua potable que da servicio a los ciudadanos de 23 municipios del área metropolit­ana de Barcelona. La empresa deja claro que continuará prestando el servicio hasta que el Supremo no se pronuncie y defiende la inviabilid­ad económica de expropiar los activos reconocido­s por Agbar. En ese sentido, el presidente de la Mesa ha emitido un voto particular contrario a la sentencia por- que considera que las inversione­s realizadas por Agbar durante casi un siglo en la red de abastecimi­ento a los municipios afectados “impedían promover una concurrenc­ia real y efectiva”. Desde la empresa mixta argumentan que la sentencia enmienda la creación de la sociedad públicopri­vada como consecuenc­ia de que el AMB no hizo constar en el expediente la inviabilid­ad económica de expropiar los títulos existentes. “El cuestionam­iento responde exclusivam­ente al procedimie­nto administra­tivo”, constatan.

Aigües de Barcelona asegura que seguirá gestionand­o el servicio como en la actualidad

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ANA JIMÉNEZ / ARCHIVO La sociedad mixta recurrirá la sentencia al Tribunal Supremo

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