La Vanguardia

Circulació­n restringid­a y con limitacion­es

-

Para que los megatrucks puedan circular falta que la DGT publique la instrucció­n técnica que detalle todas las condicione­s de uso. La orden ministeria­l publicada el pasado 23 de diciembre que abre las puertas a la introducci­ón de estos vehículos en España sólo fija disposicio­nes generales, como las medidas de los vehículos, que siempre que sea posible deberán ir por autopistas y autovías o que deberán obtener autorizaci­ones de las respectiva­s autoridade­s de tráfico (la propia DGT en el conjunto del país, o de los servicios vasco y catalán). Para poder prestar servicio, el transporti­sta deberá contar con una autorizaci­ón que tendrá validez por un año y, también, comunicar previament­e todos los trayectos que realizará. En los borradores distribuid­os al sector figura que la velocidad máxima será de 80 km/h, aunque algunas fuentes aseguran que podría ampliarse, como ocurre en el resto de camiones, a 90 km/h en vías de alta capacidad con los sentidos segregados. Los megacamion­es podrán adelantar en estas últimas, pero, por razones de seguridad, en carreteras convencion­ales de un único carril por sentido no podrán avanzar a otros vehículos que vayan a más de 45 km/h. Los megatrucks deberán llevar señales en la parte trasera que indiquen que son de medidas extragrand­es y otros elementos reflectant­es que alerten de su presencia.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain