Una norma ineficiente
El Gobierno ha recurrido ante el Tribunal Constitucional determinados artículos de la ley Catalana 24/2015, en particular aquellos relativos al llamado alquiler social. Los preceptos recurridos, entre otras cuestiones, imponen a las entidades calificadas como grandes tenedoras de vivienda (las entidades financieras, fondos de inversión y todas aquellas que tienen en alquiler más de 1.250 metros cuadrados de superficie) la obligación de ofrecer un alquiler muy reducido, antes de proceder al desahucio de un inquilino por falta de pago, si se halla en riesgo de exclusión social. A pesar de que la ley gozó de un amplísimo apoyo en su aprobación, haría bien el Parlamento catalán en hacer de la necesidad virtud y repensar la forma de regular este problema.
El propósito de la ley es loable, ya que consiste en evitar que las unidades familiares incapaces de afrontar sus hipotecas o sus alquileres se vean en la calle sin opción alguna. Asimismo, creo que las plataformas que la promovieron están realizando una encomiable labor de concienciación social ante un problema tan lacerante. Pero la solución que se adopta es ineficiente y, en última instancia, puede producir el resultado inverso al deseado.
Es ineficiente porque hace recaer en el sector inmobiliario la ayuda a estos colectivos necesitados. Resulta fácil caer en la tentación de atribuir a los propietarios de inmuebles la carga de ayudar a los más necesitados, especialmente en tiempos en que la financiación pública es escasa. Pero una legislación reflexiva debe analizar los efectos que, a medio y largo plazo, va a producir. Una norma como esta crea inseguridad entre los inversores inmobiliarios,
Es la Administración y no el inmobiliario la que debe soportar la ayuda a personas necesitadas de vivienda
muchos de los cuales son en última instancia fondos de pensiones y vehículos de canalización del ahorro privado. La inseguridad provoca por un lado retracción en la inversión y, por otro, la aplicación de criterios de selección más estrictos a la hora de arrendar un inmueble. La norma puede producir, además, resultados injustos porque el efecto a largo plazo es la contracción de la oferta de vivienda en alquiler, especialmente en los segmentos más económicos, con el consiguiente aumento de precio y, por tanto, el agravamiento del problema.
Son las administraciones públicas, a través de políticas impositivas, las que deben abordar esta cuestión y ofrecer alquileres sociales por medio de un stock de vivienda que la propia Administración debe poner a disposición de los colectivos más necesitados, velando al propio tiempo para distinguir las situaciones de auténtica necesidad de las de abuso. Sería sin duda más sostenible, pues evitaría el riesgo de exclusión de una forma más eficiente y justa, al tiempo que coadyuvaría a la incipiente recuperación del sector inmobiliario.