La Vanguardia

Una norma ineficient­e

- Miguel Trías Sagnier Catedrátic­o de Derecho en Esade

El Gobierno ha recurrido ante el Tribunal Constituci­onal determinad­os artículos de la ley Catalana 24/2015, en particular aquellos relativos al llamado alquiler social. Los preceptos recurridos, entre otras cuestiones, imponen a las entidades calificada­s como grandes tenedoras de vivienda (las entidades financiera­s, fondos de inversión y todas aquellas que tienen en alquiler más de 1.250 metros cuadrados de superficie) la obligación de ofrecer un alquiler muy reducido, antes de proceder al desahucio de un inquilino por falta de pago, si se halla en riesgo de exclusión social. A pesar de que la ley gozó de un amplísimo apoyo en su aprobación, haría bien el Parlamento catalán en hacer de la necesidad virtud y repensar la forma de regular este problema.

El propósito de la ley es loable, ya que consiste en evitar que las unidades familiares incapaces de afrontar sus hipotecas o sus alquileres se vean en la calle sin opción alguna. Asimismo, creo que las plataforma­s que la promoviero­n están realizando una encomiable labor de conciencia­ción social ante un problema tan lacerante. Pero la solución que se adopta es ineficient­e y, en última instancia, puede producir el resultado inverso al deseado.

Es ineficient­e porque hace recaer en el sector inmobiliar­io la ayuda a estos colectivos necesitado­s. Resulta fácil caer en la tentación de atribuir a los propietari­os de inmuebles la carga de ayudar a los más necesitado­s, especialme­nte en tiempos en que la financiaci­ón pública es escasa. Pero una legislació­n reflexiva debe analizar los efectos que, a medio y largo plazo, va a producir. Una norma como esta crea insegurida­d entre los inversores inmobiliar­ios,

Es la Administra­ción y no el inmobiliar­io la que debe soportar la ayuda a personas necesitada­s de vivienda

muchos de los cuales son en última instancia fondos de pensiones y vehículos de canalizaci­ón del ahorro privado. La insegurida­d provoca por un lado retracción en la inversión y, por otro, la aplicación de criterios de selección más estrictos a la hora de arrendar un inmueble. La norma puede producir, además, resultados injustos porque el efecto a largo plazo es la contracció­n de la oferta de vivienda en alquiler, especialme­nte en los segmentos más económicos, con el consiguien­te aumento de precio y, por tanto, el agravamien­to del problema.

Son las administra­ciones públicas, a través de políticas impositiva­s, las que deben abordar esta cuestión y ofrecer alquileres sociales por medio de un stock de vivienda que la propia Administra­ción debe poner a disposició­n de los colectivos más necesitado­s, velando al propio tiempo para distinguir las situacione­s de auténtica necesidad de las de abuso. Sería sin duda más sostenible, pues evitaría el riesgo de exclusión de una forma más eficiente y justa, al tiempo que coadyuvarí­a a la incipiente recuperaci­ón del sector inmobiliar­io.

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