El TC suspende la ruptura pero enfría la vía penal
El Parlament y su presidenta tienen 20 días para formular alegaciones
El Constitucional evita actuar en caliente: no se pronunciará antes de la Diada Puigdemont responde que siempre obedecerá al Parlament
El Tribunal Constitucional (TC) suspendió ayer el plan del Parlament de ruptura con España, pero no inició la vía penal contra la presidenta de la cámara catalana, Carme Forcadell. La resolución aprobada buscó un cierto equilibrio para no crispar innecesariamente el debate territorial y político. El Constitucional admitió a trámite la impugnación del Gobierno y, consecuentemente, dejó en suspenso la hoja de ruta rupturista, pero a la vez ganó tiempo.
Con su resolución, el TC decidió dar un plazo de veinte días hábiles al Parlament y al fiscal para que formulen alegaciones, y con ello enfrió el conflicto. A la vuelta del paréntesis de agosto, algunas cosas podrán verse más claras. Y, sobre todo, se habrá evitado dar la imagen de que el TC ha contribuido con sus resoluciones a calentar la Diada, aumentando la lista de independentistas ante la justicia penal.
El actual Constitucional no es el de la sentencia del Estatut. Este TC tiene pituitaria. Y brújula. Ayer empleó ambas dotes. Nótese que concedió 20 días hábiles para las alegaciones. Hubiera podido conceder 2 o 3 días, como se planteó al principio, y nadie habría podido protestar. Era una opción perfectamente legal. Una estrategia contundente, de choque directo. Pero los magistrados prefirieron la dosificación de las medidas.
El aludido plazo de 20 días para alegaciones empieza a contar desde la notificación. En otras palabras, ese plazo se convierte a la hora de la verdad en cinco o seis semanas. O siete. Una eternidad, en tiempo político. El llamado reloj de la democracia puede incluso conocer cambios de horario político en ese plazo. Sabiéndolo, para qué precipitarse, se dijo ayer el TC. No corráis, que es peor, como se decía en otro tiempo en las manifestaciones. Y no corrió. Lo que hizo fue dar tiempo y darse tiempo para que las decisiones que tome a partir de septiembre sobre el fondo del asunto puedan adoptarse sin la menor precipitación.
Durante el mes de agosto, en suma, el Parlament como institución y su presidenta como cargo político tendrán tiempo de explicarse ante el TC sobre el contenido de lo aprobado en la votación del pasado miércoles –la hoja de ruta de la ruptura con España- y sobre su presunta desobediencia con respecto a resoluciones anteriores del propio Constitucional. El TC les ordena que le informen al respecto, empleando para ello guantes quirúrgicos.
El lenguaje jurídico, en efecto, está lleno de sutilezas. La providencia de ayer requiere a la cámara, a Forcadell, a los miembros de la Mesa y al secretario general para que en el plazo expresado “emitan los correspondientes informes, a los efectos del artículo 92.4 de la ley orgánica del TC, acerca de si las actuaciones parlamentarias que dieron lugar a la aprobación de la resolución 263/XI (la del plan de ruptura con España) han contravenido” los mandatos del propio Constitucional.
Nótese la alusión al artículo 92.4. Se trata, nada menos, del que puede llevar a Forcadell a los pies de la justicia penal. Es la primera vez que el TC enseña estos dientes. Este precepto faculta al Constitucional para acudir a la Fiscalía informándola de la comisión de un delito. En otras palabras, denunciando un hecho delictivo. Pero el mismo artículo prevé otro tipo de medidas, desde la multa a la suspensión del cargo público. En su resolución de ayer, el TC no dice qué vía seguirá. Ni siquiera si va a seguir alguna. La vía penal queda como un horizonte posible, pero inconcreto. Se verá en su momento.
Lo relevante, en este sentido, es que la lista de advertidos –por lo ya ocurrido y por lo que pudiera suceder– resulta amplia. Junto a Forcadell y la Mesa del Parlament, también quedan en esa situación el
EL TRASFONDO POLÍTICO El Constitucional decidirá sobre la hoja de ruta rupturista después de la Diada El TC avisa al president Puigdemont de que debe paralizar el plan de desconexión
propio president de la Generalitat, Carles Puigdemont, y todos los miembros del Govern, así como el secretario general de la cámara catalana, a los que se notificará personalmente. Todos ellos tienen el “deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada, apercibiéndoles de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en la que pudieran incurrir”.
Otro detalle interesante es que el TC pide la versión de los impulsores de la votación sobre el plan rupturista sin usar la palabra desobediencia. Les pregunta si se pudieron “contravenir” resoluciones anteriores. Y más relevante aún es la unanimidad del TC. Ahí se ve la mano del presidente de la institución, Francisco Pérez de los Cobos, que siempre la ha buscado, para que el Constitucional no vea cuestionadas sus decisiones a causa de fracturas internas. En este aspecto, la experiencia de etapas anteriores del TC también ha sido decisiva.