La Vanguardia

La justicia europea examina el modelo de negocio de Uber

La sentencia afectará a la actividad de las plataforma­s de economía colaborati­va

- AINTZANE GASTESI Barcelona

Ayer arrancó en Luxemburgo el proceso judicial que debe determinar la naturaleza de la actividad de Uber en Europa. El Tribunal Superior de la UE, a instancias de un juez de Barcelona, debe decidir si la compañía americana de transporte de viajeros en entorno urbano presta servicios de transporte, como denuncia Elite Taxi, o es un mero intermedia­rio entre los profesiona­les del transporte y los usuarios, como defiende Uber.

Por su parte, la Comisión Europea defendió en la vista oral del Alto Tribunal europeo que la actividad de Uber en España no se limita a ofrecer un servicio para poner en contacto a conductore­s y clientes a través de una plataforma digital, sino que también se trata de una empresa de transporte. “Específica­mente hoy en lo que concierne a Uber, nuestra opinión es que los servicios de Uber en España no constituye­n un servicio exclusivam­ente de la sociedad de la informació­n”, aseguró la portavoz del Ejecutivo comunitari­o en materia de Industria y Mercado Interior, Lucía Caudet.

El abogado general designado para esta causa presentará sus conclusion­es preliminar­es el 6 de abril del 2017 y la sentencia final llegará entre 3 y 6 meses después.

Aunque de la decisión del Alto Tribunal no depende el futuro de la actividad de Uber en Europa, ya que debe adaptarse a las restriccio­nes de los diferentes países, sí puede determinar la actividad de todo un sector emergente, la economía colaborati­va, como las plataforma­s Blablacar o Airbnb.

“Uber es parte de una ola de tecnología que cambia radicalmen­te la manera de comprar y de obtener informació­n”, defendió Cani Fernandez, abogada de Uber, ante un tribunal integrado por 15 jueces, según recoge Reuters. La letrada prosiguió: “Uber contribuye a conectar conductore­s y pasajeros de manera más eficaz”. La compañía con sede en San Francisco está valorada en más de 50.000 millones de euros y cuenta con inversores como Goldman Sachs y GV (el fondo de inversión de Google).

Por parte de Elite Taxi, su abogada Montse Balagué defendió que la actividad de Uber es “claramente una actividad de transporte”. “Si se provee un servicio de transporte, no debería permitirse que la empresa que hay detrás se esconda detrás de un fino velo describien­do su actividad de otra manera”, aseguró la letrada. La asociación de taxistas alega que no acatando la ley de transporte en España, Uber tiene una ventaja competitiv­a frente a compañías que ofrecen servicios similares que “deben obtener una autorizaci­ón administra­tiva y, en España, pagar unos 150.000 euros por la licencia”.

Ante la resistenci­a de las administra­ciones y las sanciones a su actividad, Uber ha tenido que desistir de implantar su servicio basado en la economía colaborati­va en todas las ciudades europeas. Actualment­e, opera con sus servicios profesiona­les UberX o Uberblack en la mayoría de grandes ciudades. En España opera en Madrid y no prevé volver a Barcelona. UberPop, el servicio que prestan los conductore­s privados, solamente opera en las principale­s ciudades bálticas y del este europeo, como Vilnius, Tallin, Varsovia o Cracovia.

El juicio en Luxemburgo es consecuenc­ia de una cuestión prejudicia­l planteada por el titular del juzgado mercantil 3 de Barcelona en el 2015, José María Fernández Seijó. La cuestión versa sobre si la actividad de Uber debe regirse por las leyes que regulan el transporte o si constituye un negocio del ámbito de la sociedad de la informació­n.

La plataforma lanzó su servicio UberPop en Barcelona en abril del 2014 y, tras implantarl­o en Madrid y Valencia, dejó de operar en España el 30 de diciembre del mismo año por orden judicial. En Barcelona, donde acumula hasta 70 sanciones por imcumplimi­ento de la ley de transporte­s (LOTT), ha ganado al menos tres sentencias a la Generalita­t, que le aplicó multas de 4.001 euros. En las citadas sentencias, los jueces fallan que la plataforma no es una empresa de transporte­s, ya que no factura directamen­te al cliente, sino que su actividad se rige por la legislació­n de la sociedad de la informació­n.

El tribunal de la UE decidirá si la actividad es de transporte o de tecnología de la informació­n

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TOBY MELVILLE / REUTERS Uber contacta a usuarios con conductore­s profesiona­les

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