La Vanguardia

Reflexione­s de Miguel Herrero

- Lluís Foix

La mayor parte de los problemas que nos preocupan no son constituci­onales. La convivenci­a y el respeto son una consecuenc­ia, en todo caso, de principios establecid­os en la Constituci­ón y que son garantizad­os por leyes positivas de carácter inferior. Los gestos hostiles a la Constituci­ón pueden ser una señal de protesta a lo que representa pero son bastante inútiles.

Miguel Herrero de Miñón ha publicado las tres conferenci­as pronunciad­as este año del 2016 sobre la reforma constituci­onal. Su lectura es interesant­e porque está llena de matices y considerac­iones de carácter jurídico y práctico que vienen de uno de los padres de la Constituci­ón de 1978.

La decena de constituci­ones desde la de 1812 de Cádiz se caracteriz­aron por afirmar las pretension­es, ilusiones y necesidade­s de media España en contra de la otra media. La de 1978 fue en su génesis y, pese a tensiones y crisis, una Constituci­ón consensuad­a entre las grandes fuerzas políticas, consenso hacia el que, hasta tiempos muy recientes, habían gravitado los partidos nacionalis­tas.

El derecho constituci­onal, dice Miguel Herrero, ha de servir para resolver conflictos políticos encauzando y garantizan­do los derechos individual­es y colectivos. El Estatut de 1979, fruto de la Constituci­ón de 1978, votada en proporción más alta por los catalanes que por el resto de los españoles, fue consecuenc­ia de un pacto de Estado. La Loapa de 1983 fue el primer atentado a ese pacto que inició una política sutilmente re centraliza­dor ayuna progresiva administra tiza ción de la autonomía política de Catalunya.

La confianza fue sustituida por un malestar creciente entre el Estado y Catalunya que llevó a la precipitac­ión del Estatuto del 2006 promovido por Pasqual Maragall y al error de la sentencia del Tribunal Constituci­onal de junio del 2010 que marcó el punto de inflexión que nos ha llevado a la desafecció­n que en su día advirtió el president Montilla y a un cierto ambiente de ruptura actual.

El primer gobierno Rajoy optó por la judicializ­ación del proceso independen­tista catalán que no lleva a ninguna parte aunque sea inevitable desde el punto de vista jurídico. En todo caso, la judicializ­ación no puede suplir la inactivida­d política.

No sé si es demasiado tarde. Pero las idas y venidas a Catalunya de Soraya Sáenz de Santamaría revelan que la actitud de Rajoy ha cambiado, entre otras razones, porque ya no puede actuar por su cuenta en un gobierno que necesita respiració­n asistida en todos los temas de cierta envergadur­a.

Herrero sugiere un pacto para una disposició­n adicional para Catalunya sobre el modelo existente, con expresa referencia a su identidad garantizan­do en ella las precisas competenci­as estratégic­as, tales como la organizaci­ón de las propias institucio­nes, las educativas, lingüístic­as y culturales.

El pacto siempre es posible. Depende, claro está, de si las partes están de acuerdo en rehacer los puentes ya rotos.

La judicializ­ación del proceso ha conducido a la necesidad de un pacto para rehacer los puentes rotos

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