El melón de la reforma
Desde que el PP ha perdido la mayoría absoluta en el Congreso de los Diputados se viene repitiendo que la Constitución no es intocable tras los 38 años de vida democrática que llevamos con ella.
La idea de la necesidad de la reforma que hoy se ha instalado en España no resulta evidente por el solo hecho de que hace 38 años no participaron en su aprobación las generaciones que llegaron a la mayoría de edad tras el referéndum constitucional. Hay países con constituciones tan antiguas como la de Estados Unidos, de 1787, por mas que desde entonces se hayan ido introduciendo desarrollos para adaptarla a las exigencias de los tiempos a través de 27 enmiendas de diferente alcance: trabajo de menores, discriminación hombres-mujeres, etcétera.
Padres de nuestra Constitución y analistas han explicado lo difícil que fue llegar a consensos para dar forma a nuestra actual Constitución y resulta evidente que muchos partidos tuvieron que hacer concesiones para ello. Lo importante, en este momento que vivimos hoy, es saber qué es lo que los diferentes partidos políticos entienden y quieren alcanzar con la reforma constitucional.
No podemos abrir el melón de la reforma constitucional sin saber las cuestiones que las mayorías quieren reformar o que conviene reformar para que nuestra convivencia democrática siga funcionando en el contexto de la globalización y de la Unión Europea a la que nos integramos en 1986 después, pues, de que la Constitución de 1978 estuviera en vigor. De hecho, las dos pequeñas modificaciones de la Constitución que hasta ahora se han producido han sido consecuencia de nuestra integración en Europa.
Por si esto fuera poco, la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea proclamada por el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión en diciembre de 2000 y luego adaptada por el tratado de Lisboa entrado en vigor el 1 de diciembre de 2009, ha perfilado algunos de los aspectos consagrados por nuestra Constitución.
Por eso no se trata de discutir sobre si hay o no que modificar la Constitución o de si Catalunya debe participar en este proceso, sino en ver cuáles son los aspectos concretos que se puedan modificar y los consensos mayoritarios a los que se pueda llegar al respecto: ¿Senado?, ¿clarificación competencial?, ¿financiera interterritorial y ordinalidad?, ¿artículos que han quedado obsoletos por el cambio de circunstancias?, ¿posibilidad de dar carta de naturaleza a reivindicaciones de los territorios históricos? Etcétera.
Las experiencias del Brexit y de la fracasada reforma constitucional italiana impulsada por Renzi nos han mostrado que las decisiones importantes sobre las reglas fundamentales que regulan nuestra convivencia democrática no pueden abordarse a la ligera. La Constitución puede cambiarse, sí, pero la cautela debe imponerse al electoralismo o a los populismos irrealistas.
Hay que ver qué aspectos de la Constitución se pueden modificar y a qué consensos mayoritarios se puede llegar