Las propuestas nacionalistas reflejan el debate en el propio Constitucional
Las propuestas nacionalistas y soberanistas para que el TC no pueda suspender a políticos reflejan el intenso debate que hubo recientemente entre los propios magistrados, que aprobaron la reforma que les habilita para dichas actuaciones por 8 votos a 3. La unanimidad, en suma, no fue posible en este asunto en el Constitucional, que siempre la ha buscado en sus sentencias relativas a las iniciativas del Parlament para la ruptura con España.
Los intensos debates registrados en el Constitucional determinaron la dimisión de dos magistrados como ponentes de las sentencias que había que dictar en esta materia. La primera era la relativa al recurso del Gobierno vasco, cuya ponente era la vicepresidenta del TC, Adela Asúa, quien propuso declarar contraria a la Constitución la posibilidad de que los magistrados puedan suspender a cargos públicos. La ponencia correspondiente a la impugnación del Gobierno vasco pasó a manos del magistrado Pedro González Trevijano, quien redactó una resolución alternativa, finalmente aprobada, en virtud de la cual el TC avaló la constitucionalidad de sus nuevas competencias para suspender y sancionar a políticos que considere que han desobedecido o inaplicado sus resoluciones. El ponente de la segunda sentencia, relativa al recurso presentado por la Generalitat sobre la misma materia y todavía no dictada, era Fernando Valdés Dal-Ré. Este magistrado tenía la misma opinión que Asúa, y también decidido renunciar a la ponencia de la resolución, que volvió a pasar a manos de González Trevijano.
El Constitucional tiene pendiente dictar esta segunda sentencia, y muy probablemente lo hará a lo largo de la semana que viene. Esta resolución debe responder a un aspecto nuevo de la reforma, que el Gobierno vasco no había planteado. Lo que sí cuestionó en su día la Generalitat no es sólo que el Constitucional no pueda suspender a políticos, sino también que no pueda poner en marcha directamente, de propia mano, las decisiones para ejecutar sus resoluciones.
Ante el primer fallo, Adela Asúa y Fernando Valdés formularon votos particulares en contra, así como el también magistrado Juan Antonio Xiol. En dichos votos particulares ya se expresaba la discrepancia de los firmantes con la posibilidad de que el TC actúe directamente en la ejecución de sus sentencias. Asúa, en concreto, denunciaba que se había incurrido en un “subterfugio” para no plantearse si la suspensión de un político contraviene el derecho al ejercicio de un cargo público y la inviolabilidad de los parlamentarios.